Juzgado de lo Mercantil Nº 6 de Barcelona
Dirección: Avenida DE LES CORTS CATALANES (edificio C) 111
Localidad: Barcelona
Código Postal: 08075
Provincia: Barcelona
Teléfono: 935549466
Correo electrónico: mercantil6.barcelona@xij.gencat.cat
Concursal
Número: 1091/2022
Auto
Fecha: 30/11/2022
Objeto de la publicación edictal:
Notificación. Plazo: Auto declaración concurso consecutivo
Posibles interesados y acreedores de Maria Dolores Camúñez Martín
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
José Antonio Alonso Almaraz , el Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 06 de Barcelona al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este órgano judicial, hago saber:
Número de asunto. Concurso consecutivo 1091/2022 Sección: A
NIG: 0801947120228008271
Fecha del auto de declaración. 30-11-2022.
Clase de concurso. Concurso Consecutivo.
Persona concursada. Maria Dolores Camúñez Martín con D.N.I.nº 36568948Y y domicilio en Barcelona
Administradores concursales.
Se ha designado como administrador concursal:
Joan Alis Gabernet.
Dirección postal: calle Julián Romea 6 bajos de Barcelona
Dirección electrónica: joanalis@icab.cat
Régimen de las facultades del concursado. Suspendidas.
Llamamiento a los acreedores. Los acreedores deben comunicar sus créditos a la administración concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y posterior reconocimiento y clasificación de conformidad con el art. 255 de la Ley Concursal (LC), en el plazo de un MES a contar desde la publicación.
La lista de acreedores puede consultarse en la Oficina judicial, sita en Avenida Gran Via de les Corts Catalanes, 111, edifici C, planta 12 - Barcelona.
Forma de personación. Los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deben hacerlo por medio de procurador y asistidos de abogado (art. 512 LC). La personación se debe realizar en la Oficina de Tramitación Concursal a los Órganos Mercantiles.
Se tiene por solicitada la CONCLUSIÓN de concurso y se da traslado a los acreedores por un plazo de 10 días a contar desde se le efectúe por la administración concursal la comunicación individualizada de los arts. 252 y 253 del TRLC, para oponerse a la conclusión.
En ese mismo plazo el deudor/concursado deberá solicitar, en su caso, la exoneración de pasivo insatisfecho (art. 501 Ley 16/2022, 5 de septiembre)
Se tiene por presentado por parte del mediador concursal el Informe con la lista de acreedores y el inventario.
Se tiene por presentadas alegaciones sobre la imposibilidad de presentar Plan de Liquidación.
Se da traslado a los/las acreedores por un plazo de 10 días a contar desde se le efectúe por la administración concursal la comunicación individualizada de los arts. 252 y 253 del TRLC, para impugnar la lista de acreedores o el inventario presentados por el mediador concursal, hacer observaciones o impugnar el informe del mediador sobre la innecesaridad de presentar plan de liquidación, así como oponerse a la no realización de la vivienda habitual y de, mediante escrito razonado, solicitar la apertura de la sección de calificación
Dirección electrónica del Registro Público concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso: https://www.publicidadconcursal.es
Barcelona, 19 de diciembre de 2022.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, JOSE ANTONIO ALONSO ALMARAZ
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid