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Documento BOE-J-2022-555784

ELCHE/ELX. Edicto de 18 de diciembre de 2022 en procedimiento concursal número 918/2022.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 306, de 22 de diciembre de 2022
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - ALICANTE/ALACANT
Referencia:
BOE-J-2022-555784

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 3 de Alicante

Dirección: Calle ABOGADOS DE ATOCHA 21

Localidad: Elche/Elx

Código Postal: 03200

Provincia: Alicante/Alacant

Teléfono: 966917375

Correo electrónico: alme03_ali@gva.es

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 918/2022

NIG: 0306566120220000778

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 21/11/2022

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

E D I C T O

D. Jorge Cuéllar Otón, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil num. 3 de Alicante con sede en Elche, por el presente HAGO SABER:Que por auto de fecha 21 de noviembre de dos mil veintidós en el procedimiento con número de autos 000918/2022 y N.I.G. 03065-66-1-2022-0000778, se ha declarado en CONCURSO VOLUNTARIO SIN MASA al concursado MARIA DOLORES GALVEZ MARTINEZ y RUBEN FERNANDEZ FERNANDEZ ,con domicilio en Cox (Alicante), C/ Barcelona nº 53, y DNI nº 48555288B y 48462127T respectivamente, inscritos en el Registro Civil de Dolores y Catral respectivamente representados por el procurador D/Dª ESTEFANIA RIPOLL GARRIGOS y ESTEFANIA RIPOLL GARRIGOS.Llamamiento a los acreedores:De conformidad con lo establecido en al artículo 37 ter TRLC el acreedor o a los acreedores que representen, al menos, el cinco por ciento del pasivo podrán en el plazo de quince días a contar del siguiente a la publicación del edicto, solicitar el nombramiento de un administrador concursal para que presente informe razonado y documentado sobre los extremos establecidos en el citado artículo.De conformidad con lo dispuesto en el artículo 37 quater TRLC en el mismo auto fijará la retribución del administrador por la emisión del informe encomendado, cuya satisfacción corresponderá al acreedor o acreedores que lo hubieran solicitado.Llamamiento al deudor: En el caso de que, dentro de plazo, ningún legitimado hubiera formulado esa solicitud, el deudor que fuera persona natural podrá presentar solicitud de exoneración del pasivo insatisfechoPasivo de la parte deudora: 13.322,40 eurosExamen de autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Oficina Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personación.Se expide el presente edicto al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso conforme al artículo 552 del TRLC.

Elche/Elx, 18 de diciembre de 2022.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, JORGE CUELLAR OTON

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