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Documento BOE-J-2022-555777

ALICANTE/ALACANT. Edicto de 16 de diciembre de 2022 en procedimiento concursal número 883/2019.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 306, de 22 de diciembre de 2022
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - ALICANTE/ALACANT
Referencia:
BOE-J-2022-555777

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 2 de Alicante

Dirección: Avenida AGUILERA 53

Localidad: Alicante/Alacant

Código Postal: 03007

Provincia: Alicante/Alacant

Teléfono: 966902752

Correo electrónico: alme02_ali@gva.es

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 883/2019

NIG: 0301466120190001952

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 09/12/2022

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

Concurso 883/2019

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

Dña. Mª CARMEN CASTILLO ALIAGA, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Alicante,

Hago saber que en este Juzgado se tramitan los autos de CONCURSO ORDINARIO [CNO] - 000883/2019 - D en los que se ha dictado, con fecha 09/12/2022, AUTO declarando la conclusión de concurso de IGEMA CB, MIGUEL ANGEL GRAS PARDO y MARIA DEL MAR GOMEZ MOLINA, con domicilio social en la calle Estrella Polar, número 12, C.P. 03007, de Alicante (Alicante) con CIF Nº E54745096, que contiene los siguientes particulares:

PARTE DISPOSITIVA

Acuerdo:

Dar lugar a la modificación de la lista de acreedores solicitada de la siguiente forma:

Únicamente resta como acreedor BCC (GRUPO COOPERATIVO CAJAMAR) con un crédito de 132.572,77 de crédito con privilegio especial del art. 270, 104.363,32 euros de crédito ordinario, y 96,70 de crédito subordinado. (Total.- 237.032,79 euros)

Se declara concluso el concurso de IGEMA CB, MIGUEL ANGEL GRAS PARDO y MARIA DEL MAR GOMEZ MOLINA, con archivo de las actuaciones.

Cesa la intervención de las facultades de administración y disposición de los órganos de administración, así como la administración concursal, que deberá presentar rendición de cuentas en plazo de un mes.

Líbrense por el Letrado de la Administración de Justicia mandamientos de cancelación de la inscripción de la declaración del concurso en el Registro Mercantil de Alicante, y en el Registro de la Propiedad y en el Registro de Bienes Muebles, en los folios correspondientes a cada uno de los bienes que se practicó en su día, entregándose al Procurador/a del deudor, así como testimonio de la presente resolución al primero.

Anúnciense por edictos en tablón de anuncios del Juzgado, en el Boletín Oficial del Estado, y en el Registro Público Concursal.

Contra la presente resolución no cabe recurso alguno.

Así lo acuerda y firma SSª. Doy fe.

Alicante/Alacant, 16 de diciembre de 2022.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA CARMEN CASTILLO ALIAGA

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