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Documento BOE-J-2022-555130

GRANADA. Edicto de 16 de diciembre de 2022 en procedimiento civil número 264/2022.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 305, de 21 de diciembre de 2022
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA - GRANADA
Referencia:
BOE-J-2022-555130

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de Primera Instancia Nº 2 de Granada

Dirección: Plaza NUEVA 8

Localidad: Granada

Código Postal: 18009

Provincia: Granada

Teléfono: 958562033

Correo electrónico: AtPublico.JInstancia.2.Granada.JUS@juntadeandalucia.es

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 264/2022

NIG: 1808742120220003446

RESOLUCIÓN PROCESAL

Diligencia

Fecha: 09/12/2022

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: Fecha de lanzamiento

DESTINATARIOS

JOSÉ JIMÉNEZ MENDOZA - NIF/NIE: ***7037**

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

Diligencia de Ordenación del Letrado de la Administración de Justicia Sr. D. Gabriel González González

En Granada, a nueve de diciembre de dos mil veintidós.

Recibido el anterior oficio y resolución del SCNE de esta ciudad, únase.

Se tiene por comunicado la fecha de lanzamiento de D. José Jiménez Mendoza fijada para el próximo día 17 de enero de 2023 a las 11.15 horas de su mañana. Notifíquese dicho señalamiento a la demandada por edictos.

Publicado en el TEJU el edicto para notificación del Decreto de archivo de fecha 8 de septiembre de 2022 a la demandada, únase a los autos de su razón y dése traslado a la demandante.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante el/la Letrado/a de la Administración de Justicia que la dicta. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de cinco días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, expresándose la infracción en que la resolución hubiera incurrido a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículos 451 y 452 de la LEC).

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.

Granada, 16 de diciembre de 2022.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, GABRIEL GONZALEZ GONZALEZ

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