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Documento BOE-J-2022-555124

GRANADA. Edicto de 16 de diciembre de 2022 en procedimiento civil número 106/2022.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 305, de 21 de diciembre de 2022
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA - GRANADA
Referencia:
BOE-J-2022-555124

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de Primera Instancia Nº 2 de Granada

Dirección: Plaza NUEVA 8

Localidad: Granada

Código Postal: 18009

Provincia: Granada

Teléfono: 958562033

Correo electrónico: AtPublico.JInstancia.2.Granada.JUS@juntadeandalucia.es

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 106/2022

NIG: 1808742120220001718

RESOLUCIÓN PROCESAL

Decreto

Fecha: 30/03/2022

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

RESOLUCIÓN PROCESAL

Diligencia

Fecha: 30/03/2022

Objeto de la publicación edictal:

Emplazamiento. Plazo: 10 días

DESTINATARIOS

GENÉTICA AVAZADA DNACTIVE SL - Nº B19601335

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

EDICTO

Juzgado de primera instancia nº 2 de Granada

Juicio Verbal (250.2) 106/2022

Parte demandante: Maria Reyes Gonzalez Tejero García

Parte demandada: Genetica Avanzada Dnactive SL

Sobre: Juicio Verbal (250.2)

En el juicio referenciado, se ha dictado la resolución cuyo texto literal es el siguiente:

Decreto

Letrado/a de la Administración de Justicia, Sr./a.: Gabriel González González

En Granada, a treinta de marzo de dos mil veintidós.

Antecedentes de hecho

PRIMERO.- Por María Reyes González Tejero García se ha presentado demanda de juicio verbal sobre reclamación de cantidad, señalando como parte demandada a Genética Avanzada Dnactive SL

SEGUNDO.-Expresa el actor que la cuantía de la demanda es de 1.047,00 €.

CUARTO- Requerida la parte demandante para que subsanara el defecto de falta de aportación de copia de la demanda, ha procedido a subsanarlo dentro del plazo que se le concedió al efecto.

Parte dispositiva

Se admite a trámite la demanda presentada por María Reyes González Tejero García frente a Genética Avanzada Dnactive SL, sobre reclamación de cantidad que se sustanciará por las reglas del juicio verbal.

Emplácese a la parte demandada con traslado de la demanda y documentación acompañada para que la conteste y se pronuncie sobre la pertinencia de celebrar vista en el plazo de diez días hábiles, computado desde el siguiente al emplazamiento con las siguientes prevenciones legales:

- Apercibir a la parte demandada que si no comparece dentro del plazo indicado, se le declarará en situación de rebeldía procesal y no se le notificarán más resoluciones que la que declare la rebeldía y la que ponga fin al proceso (artículos 496.1 y 497.1 LEC).

- Advertir a la parte demandada que la comparecencia en juicio debe realizarse por medio de abogado y procurador siempre que la cantidad reclamada supere los 2.000 euros (art. 23 y 31 de la LEC). Si pretende valerse de estos profesionales, deberá comunicarlo a esta Oficina Judicial en el plazo de tres días desde que se le notifique la demanda.

- Advertir a la parte demandada que si carece de recursos económicos, puede solicitar el reconocimiento del derecho a la asistencia jurídica gratuita en el mismo plazo de tres días

- Que están a su disposición en la Oficina Judicial impresos normalizados que puede emplear para contestar a la demanda.

Se informa a las partes de que pueden recurrir a una negociación para intentar solucionar el conflicto, incluido el recurso a una mediación, pudiendo interesar la suspensión del procedimiento a tal fin.

Se tiene por anunciada la aportación de las pruebas a que se refiere el otrosi primero digo de la demanda.

En el juicio referenciado se ha acordado entregar a la parte demandada la cédula cuyo texto literal es el siguiente:

CÉDULA DE EMPLAZAMIENTO PARA EL DEMANDADO

Tribunal que ordena emplazar: Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Granada

Asunto en que se acuerda: El arriba referenciado.

Persona a la que se emplaza: Genetica Avanzada Dnactive SL en concepto de parte demandada.

Domicilio: av.del conocimiento núm. 41 (pts salud) modulo 409-410 18016 granada

Objeto del emplazamiento: Comparecer en el juicio expresado, para contestarla demanda en el plazo de diez días. Se acompaña copia de la demanda, de los documentos acompañados y de la resolución de admisión de aquella.

Lugar en que debe comparecer: En la sede de este Tribunal

Plazo para comparecer: diez días hábiles a contar desde el siguiente al de este emplazamiento.

Prevenciones legales

1).- Si no comparece dentro del plazo indicado, será declarado en situación de rebeldía procesal y no se le notificarán más resoluciones que la que declare la rebeldía y la que ponga fin al proceso (arts. 496 y 497 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil)

3).- Si pretende solicitar la designación de abogado, procurador o ambos profesionales, deberá realizarlo también en el plazo de tres días hábiles.

4).- Que están a su disposición en la Oficina Judicial impresos normalizados que puede emplear para contestar a la demanda.

5).- La parte actora comparecerá asistida de abogado. Si usted se propone comparecer con los mismos profesionales, deberá comunicarlo a esta oficina judicial en el plazo de tres días hábiles desde que se le notifique la demanda.

6).- Si carece de recursos económicos, puede solicitar el reconocimiento del derecho a la asistencia jurídica gratuita en el mismo plazo de tres días

En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte demandada, por Diligencia de Ordenación el señor Letrado de la Administración de Justicia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, ha acordado la publicación del presente edicto en el TEJU para llevar a efecto la diligencia de notificación y emplazamiento.

Granada, 16 de diciembre de 2022.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, GABRIEL GONZALEZ GONZALEZ

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