Juzgado de Primera Instancia Nº 13 de Granada
Dirección: Plaza NUEVA 8
Localidad: Granada
Código Postal: 18009
Provincia: Granada
Teléfono: 958058964
Correo electrónico: AtPublico.JInstancia.13.Granada.JUS@juntadeandalucia.es
Civil
Número: 347/2022
NIG: 1808742120220005699
Diligencia
Fecha: 14/12/2022
Objeto de la publicación edictal:
Notificación. Plazo: 10 dias
FRANCISCO RUEDA PEREZ - NIF/NIE: ***8869**
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
E D I C T O
En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:
DILIGENCIA DE ORDENACION DEL LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA SRA. Dª MARÍA DE LA LUZ MARTÍN RIVAS
En Granada, a catorce de diciembre de dos mil veintidós.
De la tasación de costas practicada en estos autos, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 244 de la L.E.C., dése traslado a las partes por plazo común de DIEZ DÍAS, con la advertencia de que ya no se admitirá la inclusión o adición de partida alguna, reservando a los interesados su derecho para reclamarlo de quien y como corresponda.
Dentro del plazo señalado, puede impugnarse la tasación practicada:
Por la parte condenada, basada en la inclusión de partidas, derechos o gastos indebidos, pero en cuanto a los honorarios de los abogados, peritos o profesionales no sujetos a arancel, también podrá impugnarse la tasación alegando que el importe de dichos honorarios es excesivo ( artículo 245.2 de la L.E.C.).
La parte favorecida, podrá impugnar la tasación por no haberse incluido gastos que estime debidamente justificados y reclamados. También podrá fundar su reclamación en no haberse incluido la totalidad de la minuta de honorarios de su abogado, o de perito, profesional o funcionario no sujeto a arancel o no haberse incluido correctamente los derechos de su procurador ( artículo 245.3 de la L.E.C.).
En todo caso, en el escrito de impugnación habrán de mencionarse las cuentas o minutas y las partidas concretas a que se refiera la discrepancia y las razones de ésta. En otro caso, no se admitirá a trámite la impugnación ( artículo 245.4 de la L.E.C.).
TASACIÓN DE COSTAS
Tasación de costas que practica el/la Letrado/a de la Administración de Justicia, MARÍA DE LA LUZ MARTÍN RIVAS, del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NÚMERO 13 DE GRANADA, en el procedimiento Juicio Verbal (Desahucio falta pago -250.1.1) 347/2022, seguido a instancia de GRUPO FRIBRAVISION GRANADA 2015 SL, frente a FRANCISCO RUEDA PEREZ a cuyo pago viene obligado el demandado en virtud de resolución firme de fecha 05/04/2022.
HONORARIOS DE ABOGADO:
GABRIEL MARTINEZ ASENSIO................ según minuta adjunta incluido el 21% IVA 1415,70€
DERECHOS DE PROCURADOR:
DON MANUEL EVANGELISTA IZQUIERDO
Art.1.2.. reclamación rentas.............. 132.22€
Art.1.2...resolución contrato............. 115,69€
total derechos.................................... 247,91€
21% IVA........................................... 52.06€
TOTAL............................................. 299.97€
La presente tasación de costas asciende (SEUO) a la cantidad de 1715.67€
En la confección de la presente tasación de costas conforme a lo dispuesto en el artículo 243.1 y 2 de la LEC se ha excluido las partidas-derechos siguientes: art. 26.1 lanzamiento por importe 28,09€ y artículo 83 diligencia de lanzamiento por importe de 22,29€, así como los suplidos factura del cerrajero por importe de 186,34€ al no haberse devengado en el presente procedimiento sin perjuicio de que se inste en el procedimiento donde se han devengado -Ejecución Título Judicial 737/2022 de este juzgado. Asimismo conforme al Auto del Tribunal Supremo de FECHAS 15/04/2011 Y 11 DE NOVIEMBRE DE 2015 se ha excluido la partida correspondiente al artículo 5.1 de los Aranceles por importe 22,29€.
Y como consecuencia del ignorado paradero de FRANCISCO RUEDA PEREZ, se extiende la presente para que sirva de notificación
Granada, 15 de diciembre de 2022.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA LUZ MARTIN RIVAS
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