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Documento BOE-J-2022-554801

ALICANTE/ALACANT. Edicto de 16 de diciembre de 2022 en procedimiento civil número 1511/2021.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 305, de 21 de diciembre de 2022
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA - ALICANTE/ALACANT
Referencia:
BOE-J-2022-554801

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de Primera Instancia Nº 1 de Alicante

Dirección: Avenida AGUILERA 53

Localidad: Alicante/Alacant

Código Postal: 03007

Provincia: Alicante/Alacant

Teléfono: 965936084

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 1511/2021

RESOLUCIÓN PROCESAL

Sentencia

Fecha: 16/06/2022

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

JOSE VICENTE LAGUARDA MERINO - NIF/NIE: ***2689**

ANA VANESA CEPAS VILLENA - NIF/NIE: ***3693**

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

S E N T E N C I A Nº 198/2022

JUEZ QUE LA DICTA: Dª CARLA FALCÓ SELLERLugar: ALICANTEFecha: dieciséis de junio de dos mil veintidós

PARTE DEMANDANTE: JESÚS ALBERTO ESPINOSA LÓPEZAbogado: Procurador: BARCELO BONET, ALFREDO

PARTE DEMANDADA JOSÉ VICENTE LAGUARDA MERINO y ANA VANESA CEPAS VILLENAAbogado: Procurador:

A N T E C E D E N T E S D E H E C H O

PRIMERO.- Por la representación antes indicada se presentó demanda, turnada a este Juzgado, en solicitud de desahucio por falta de pago de las rentas y reclamación de las mismas, fundándola en los hechos y fundamentos de derecho que constan en el cuerpo del escrito de demanda.

SEGUNDO.- Por decreto de 6 de octubrede 2021, se admitió a trámite la demanda, dando traslado a la parte demandada la cual contestó dentro de plazo, solicitando la celebración de la vista prevista en el artículo 438 de la LEC, convocándose a las partes a la celebración de una vista que tuvo lugar el día de hoy a laque compareció la parte actora, quien se ratificó en su demanda, no compareciendo la parte demandada. El demandante propuso la prueba documental por reproducida. Con lo que se declaró el juicio concluso para sentencia, siendo convocadas las partes en secretaria para la notificación de sentencia.

TERCERO.-En la tramitación del presente procedimiento se han observado y cumplido todas las prescripciones legales.

FALLO

Que estimo íntegramente la demanda interpuesta por elProcurador Sr. Barceló Boneten nombre y representación de don Jesús Alberto Espinosa Lópezcontra don José Vivente Laguarda Merino y doña Ana Vanesa Cepas Villena en su propio nombre y representación y condeno a la parte demandada a abonar a la actora la cantidad de 1.900 euros, más los intereses legales correspondientes con expresa condena en costas a la demandada.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que es firme Inclúyase la presente en el libro de sentencias poniendo en las actuaciones certificación de la misma.

Alicante/Alacant, 16 de diciembre de 2022.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ISAAC BERNABEU PEREZ

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