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Documento BOE-J-2022-553675

HUESCA. Edicto de 16 de diciembre de 2022 en procedimiento concursal número 198/2022.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 305, de 21 de diciembre de 2022
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN - HUESCA
Referencia:
BOE-J-2022-553675

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 3 de Huesca

Dirección: Calle IRENE IZARBEZ 2

Localidad: Huesca

Código Postal: 22071

Provincia: Huesca

Teléfono: 974290122

Correo electrónico: mixto3huesca@justicia.aragon.es

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 198/2022

NIG: 2212541120220001012

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 09/12/2022

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

Concurso de RAFAEL BONED BENITO, con NIF núm. 18.002.858-E.

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

Que en el procedimiento concursal número 0000198/2022 referente al concursado RAFAEL BONED BENITO, con NIF 18002858E y domicilio en Calle Varella nº 9 de Murillo de Gállego (Huesca), por auto de fecha 9 de diciembre de 2022 se ha acordado lo siguiente:

1.- Aprobar el plan de liquidación para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concurso de acreedores de RAFAEL BONED BENITO.

2.- Formar la sección sexta de este procedimiento concursal, que comprenderá lo relativo a la calificación del concurso y sus efectos.

Dentro de los quince días siguientes a la publicación de esta resolución cualquier acreedor o cualquier personado en el concurso podrá remitir por correo electrónico a la Administración Concursal cuanto considere relevante para fundar la calificación del concurso como culpable, acompañando, en su caso, los documentos que considere oportunos.

Así mismo, en ese plazo de quince días la Administración Concursal deberá presentar un informe razonado y documentado sobre los hechos relevantes para la calificación del concurso, con propuesta de resolución. Si los acreedores o los que sin ser acreedores se hayan personado en el concurso hubieran formulado alegaciones para la calificación del concurso como culpable, esas alegaciones se unirán como anejo al informe de calificación.

Huesca, 16 de diciembre de 2022.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, PAULA JARNE CORRAL

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