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Documento BOE-J-2022-550391

EJIDO (EL). Edicto de 14 de diciembre de 2022 en procedimiento civil número 562/2022.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 303, de 19 de diciembre de 2022
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN - ALMERÍA
Referencia:
BOE-J-2022-550391

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 2 de El Ejido

Dirección: Calle OCEANO ATLANTICO 8

Localidad: Ejido (El)

Código Postal: 04700

Provincia: Almería

Teléfono: 950578023

Correo electrónico: AtPublico.UPAD.2.Ejido.JUS@juntadeandalucia.es

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 562/2022

NIG: 0490200120220005283

RESOLUCIÓN PROCESAL

Diligencia

Fecha: 11/10/2022

Objeto de la publicación edictal:

Requerimiento. Plazo: 10 días, pagar u oposición

Citación. Plazo: si dentro plazo requerimiento presenta oposición se le cita para el próximo día 18/01/2023 a las 10:15 horas.el próximo día

DESTINATARIOS

ALAN ROBERT CARTER - Nº ***2137**

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN, REQUERIMIENTO Y CITACIÓN

ASUNTO EN QUE SE ACUERDA: El arriba referenciado.

PERSONA A LA QUE SE CITA: A ALAN ROBERT CARTER, domicilio AV DE ALMERIMAR 276 EDF5 2ºB, en concepto de demandado.

OBJETO:

1.- DARLE TRASLADO de la demanda y de los documentos presentados.

2.- REQUERIRLE para que en el plazo de 10 DIAS DESALOJE el inmueble sito en AVD ALMERIMAR N 276, EDF 5, PORTAL 2, 2ºB DE ALMERIMAR-EL EJIDO y PAGUE la totalidad de la deuda reclamada 17.100euros en concepto de rentas vencidas y no satisfechas, así como las que se venzan hasta el completo desalojo o formule OPOSICIÓN, alegando sucintamente las razones por las que entiende no procede el desahucio, no debe, en todo o en parte, la cantidad reclamada.

3.- Comunicar a la/s parte/s demandadas que tiene derecho a ENERVAR la acción de desahucio si en el plazo de 10 días paga al actor o pone a su disposición notarialmente o en la cuenta de este juzgado nº.0240/0000/04/0562/22.. la totalidad de la deuda reclamada así como las rentas debidas hasta el día en que efectúe el pago.

4.- CITARLE para que asista a la celebración del JUICIO el próximo día 18 DE ENERO DE 2023 A LAS 10:15 HORAS sólo en el caso de que formule oposición.

5.- NOTIFICARLE que se procederá sin más notificación a su LANZAMIENTO de la finca sita en el próximo día 03 DE MARZO DE 2023 A LAS 10:00 HORAS si no la desaloja voluntariamente ni se opone a la demanda.

Asimismo se le requiere para que retire sus enseres antes de la fecha del lanzamiento con el apercibimiento de que de no verificarlo se podrán considerar bienes abandonados.

6.- Comunicarle que por la parte actora se ha solicitado la ejecución del desahucio por lo que se ejecutará directamente el lanzamiento sin necesidad de ningún otro trámite en el día señalado.

7.- 8.-8.- REQUERIR, de conformidad con el art 150.4 de la LEC, a la parte demanda para que en el plazo de 10 días manifieste si otorga consentimiento para que se ponga en conocimiento de los servicios públicos competentes en materia de política social la existencia del presente procedimiento.

PREVENCIONES LEGALES

1.- Si no desaloja la finca ni paga la deuda reclamada ni se opone a la demanda en el plazo de 10 días concedido se dictará DECRETO dando por terminado el procedimiento y se procederá al lanzamiento en la fecha fijada sin más trámite.

2.- Si desaloja la finca en el plazo concedido pero ni paga ni se opone se dictará DECRETO dando por terminado el procedimiento y se dejará sin efecto la diligencia de lanzamiento salvo que el demandante interese se levante acta sobre el estado de la finca.

3.- Si se opone a la demanda y no comparece a la vista señalada para el juicio se declarará el desahucio sin más trámite y queda citado para recibir la notificación de la sentencia el sexto día siguiente al señalado para la vista.

Si tampoco comparece para ser notificado de la sentencia le será notificada por edicto en el tablón de anuncios de la oficina judicial.

4.- Si se opone a la demanda deberá asistir a la vista con las pruebas de que intente valerse pudiendo, en el plazo de TRES DIAS, solicitar la citación judicial de sus testigos o peritos, facilitando los datos y circunstancias necesarias para su citación o el interrogatorio por escrito de personas jurídicas conforme al artículo 381 de la LEC.

5.- Para comparecer en juicio deberá hacerlo por medio de Procurador y con asistencia de Abogado. / Para comparecer en juicio no es preceptivo hacerlo con Procurador ni Letrado.

Si pretende solicitar la designación de abogado y procurador de oficio deberá efectuarlo dentro de los TRES DÍAS siguientes al de la notificación de la presente ante el Colegio de Abogados de su municipio. Si la solicitud se realizara en un momento posterior, la falta de designación de abogado y procurador por los colegios profesionales no suspenderá necesariamente la celebración del juicio.

6.- La falta de oposición supone la prestación de su consentimiento a la resolución del contrato de arrendamiento.

7.- Debe comunicar a este tribunal cualquier cambio de domicilio que se produzca durante la sustanciación de este proceso (art 155.5 párrafo primero de la LEC).

DIA Y HORA DEL JUICIO, sólo si se opone, 18 DE ENERO DE 2023 A LAS 10:15 HORAS

DÍA Y HORA DEL LANZAMIENTO, si no se opone, 03 DE MARZO DE 2023 A LAS 10:00 HORAS, sin más notificación.

En EL EJIDO, a once de octubre de dos mil veintidós

EL LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Ejido (El), 14 de diciembre de 2022.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA LUZ ESPINOSA CARREÑO

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