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Documento BOE-J-2022-549563

CEUTA. Edicto de 13 de diciembre de 2022 en procedimiento concursal número 363/2022.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 303, de 19 de diciembre de 2022
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN - CEUTA
Referencia:
BOE-J-2022-549563

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 5 de Ceuta

Dirección: Calle MANUEL LERIA Y ORTIZ DE SARACHO S/N

Localidad: Ceuta

Código Postal: 51001

Provincia: Ceuta

Teléfono: 856200430

Correo electrónico: mixto5.ceuta@justicia.es

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 363/2022

NIG: 5100141120220003211

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 28/11/2022

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: Quince dias

DESTINATARIOS

Interesados en Concurso Voluntario de Acreedores de Don Manuel Castellón Aguilar.

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

E D I C T ODoña ELSA MARIA ALMAGRO MIRAS, Letrado de la Administración de Justicia del juzgado de primera instancia e instrucción N.5 y mercantil de Ceuta, por el presente, hago saber:1º.- Que en el concurso seguido en este órgano judicial con número 363/22 y N.I.G. 51001 41 1 2022 0003211 se ha dictado en fecha 28 de Noviembre auto de declaración de concurso consecutivo de Don Manuel Castellón Aguilar con NIF 45.107.218-D2º.- Se ha acordado la conclusión por falta de activo del artículo 37 bis.3º.- El deudor tiene un pasivo de 79.000 euros debiéndose remitir de forma telemática al BOE para su publicación y la publicación en el Registro público concursal con llamamiento a los acreedores que representen, al menos, el cinco por ciento del pasivo a fin de que, en el plazo de quince días a contar desde el siguiente a la publicación del edicto, puedan solicitar el nombramiento de un administrador concursal para que presente informe razonado sobre los extremos del artículo 37 ter de la nueva ley. En el caso de que transcurrido el plazo ningún legitimado hubiera formulado esa solicitud el deudor podrá presentar la solicitud del BEPI en el plazo de diez días a tenor del artículo 501 de la nueva ley. 4º.- Se advierte al acreedor que solicite el nombramiento de administrador concursal que correrá con el pago de su retribución según artículo 37.1 quater último párrafo.En CEUTA, a uno de Diciembre de 2022La Letrada de la Administración de Justicia

Ceuta, 13 de diciembre de 2022.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ELSA ALMAGRO MIRAS

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