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Documento BOE-J-2022-549493

VALÈNCIA. Edicto de 13 de diciembre de 2022 en procedimiento concursal número 413/2021.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 303, de 19 de diciembre de 2022
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - VALENCIA/VALÈNCIA
Referencia:
BOE-J-2022-549493

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 4 de València

Dirección: Avenida PROFESSOR LOPEZ PIÑERO (HISTORIADOR DE MEDICINA) 14

Localidad: València

Código Postal: 46013

Provincia: Valencia/València

Teléfono: 961927879

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 413/2021

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 02/12/2022

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

Interesados concurso de Jose Vicente Alejos Serrano

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

E D I C T O

D./Dña. CRISTINA Mª VALERO DOMENECH, Letrado/a Admon Justicia del Juzgado de lo Mercantil num. 4 de VALENCIA, por el presente hago saber:

Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores num. 000413/2021 habiéndose dictado en fecha 02/12/2022 por el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado-Juez del JUZGADO DE LO MERCANTIL Nº 4 DE VALENCIA auto firme de conclusión de concurso voluntario, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:

1.- SE DECLARA CONCLUSO EL CONCURSO DE ACREEDORES DE JOSÉ VICENTE ALEJOS SERRANO por fin de las operaciones liquidatorias, y el ARCHIVO de las presentes actuaciones.Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor.Se acuerda disponer el cese del administrador concursal D. JOSEP GALLEL BOIX revocando las autorizaciones otorgadas en el procedimiento concursal y aprobando la cuenta rendida.

2.- Acuerdo conceder al deudor concursado, DE JOSÉ VICENTE ALEJOS SERRANO, DNI 22690226J, el beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho respecto de todos sus créditos, aún los no comunicados, exceptuando los créditos de derecho público y por alimentos, sin perjuicio del derecho de revocación en el plazo de 5 años que incumbe a los acreedores concursales ex art. 492 TRLC.

Se puede conocer el contenido íntegro de la resolución que se notifica o publica en el Registro Público Concursal a través del enlace: https://www.publicidadconcursal.es/concursal-web/afectado/buscar

València, 13 de diciembre de 2022.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, CRISTINA MARIA VALERO DOMENECH

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