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Documento BOE-J-2022-549379

BARCELONA. Edicto de 13 de diciembre de 2022 en procedimiento concursal número 709/2022.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 303, de 19 de diciembre de 2022
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - BARCELONA
Referencia:
BOE-J-2022-549379

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 9 de Barcelona

Dirección: Avenida DE LES CORTS CATALANES (edificio C) 111

Localidad: Barcelona

Código Postal: 08075

Provincia: Barcelona

Teléfono: 935549749

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 709/2022

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 29/11/2022

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

Parte deudora/concursada: Pedro Bueno Ramirez

Procurador/a: Maria Luisa Lopez Calza

Abogado/a: CRISTINA ALONSO SUÁREZ

EDICTO

Francesc Xavier Rafi Roig , el Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 09 de Barcelona hago saber que:

En el procedimiento indicado, el día de la fecha se ha dictado una resolución con el tenor literal siguiente:

DILIGENCIA DE ORDENACIÓN

Letrado de la Administración de Justicia que la dicta: Francesc Xavier Rafi Roig

Lugar: Barcelona

Fecha: 29 de noviembre de 2022

El anterior escrito presentado por la administración concursal en el que presenta los textos definitivos , solicita la conclusión de concurso y aporta la rendición de cuentas, queda incorporado al procedimiento.

Queda de manifiesto el informe definitivo.

Acuerdo que el informe final presentado por la administración concursal quede de manifiesto en la Oficina judicial para conocimiento de las personas interesadas.

Conforme al art. 478.3 LC acuerdo remitir el escrito de rendición de cuentas al Registro público concursal.

Y que se anuncie por medio de un edicto que se insertará en el Tablón Edictal Judicial Único (TEJU) .

Dentro de los QUINCE días siguientes a esta puesta de manifiesto del escrito de rendición de cuentas, la parte concursada y las partes personadas podrán formular oposición.

Asimismo, de conformidad con lo previsto en el art. 472.2 de la LC, informo al deudor/a que, en el plazo de QUINCE dias, puede presentar solicitud de exoneración del pasivo insatisfecho (BEPI).

Barcelona, 13 de diciembre de 2022.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, FRANCESC-XAVIER RAFI I ROIG

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