Juzgado de lo Mercantil Nº 3 de Sevilla
Dirección: Calle VERMONDO RESTA S/N
Localidad: Sevilla
Código Postal: 41018
Provincia: Sevilla
Teléfono: 955189374
Correo electrónico: AtPublico.JMercantil.3.Sevilla.JUS@juntadeandalucia.es
Civil
Número: 733/2022
NIG: 4109142120220055212
Decreto
Fecha: 25/10/2022
Objeto de la publicación edictal:
Emplazamiento
JOSE MANUEL PORTILLO MARIA - NIF/NIE: ***9170**
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial o a la sede judicial electrónica (https://sede.justicia.juntadeandalucia.es/).
E D I C T O
JUAN DIONISIO CURADO DANA, Letrado de la Administración de Justicia del TRIBUNAL DE INSTANCIA MERCANTIL DE SEVILLA (SECCIÓN 3ª),
Hace saber:
En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte demandada D. JOSÉ MANUEL PORTILLO MARÍA por Diligencia de Ordenación del Señor Letrado de la Administración de Justicia , de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, ha acordado la publicación del presente edicto en el TEJU y en el tablón virtual habilitado por la Consejería de Justicia de la Junta de Andalucia para llevar a efecto la diligencia de EMPLAZAMIENTO.
DECRETO
Letrado de la Administración de Justicia, Sr.: JUAN DIONISIO CURADO DANA
En SEVILLA, a veinticinco de octubre de dos mil veintidós.
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Por SERVICIOS GENERALES DOBLE ERRE SL se ha presentado demanda de juicio verbal sobre Responsabilidad de Administrador, señalando como parte demandada a D. JOSE MANUEL PORTILLO MARIA.
SEGUNDO.-Expresa el actor que la cuantía de la demanda es de 1.210,00 € .
FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO.- Examinada la anterior demanda, se estima, a la vista de los datos y documentos aportados que la parte demandante reúne los requisitos de capacidad, representación y postulación procesal, necesarios para comparecer en juicio, conforme a lo determinado en los artículos 6, 7, 23 y 31 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil.
SEGUNDO.- Así mismo, vistas las pretensiones formuladas en la demanda, este tribunal tiene jurisdicción y competencia objetiva para conocer de las mismas, según los artículos 36 y 45 de la misma ley procesal.
Este tribunal es competente territorialmente por aplicación del artículo 52.2 de la LEC
En atención a la cuantía de la demanda y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 253 de la L.E.C., procede sustanciar el proceso por los trámites del juicio verbal.
TERCERO.- Por lo expuesto, procede la admisión a trámite de la demanda y, como ordena el artículo 438.1 de la L.E.C., dar traslado de la misma a la parte demandada, a quien se emplazará, con los apercibimientos y advertencias legales, para que la conteste por escrito y se pronuncie sobre la pertinencia de celebrar vista en el plazo de diez días.
PARTE DISPOSITIVA
SE ADMITE A TRÁMITE LA DEMANDA presentada por SERVICIOS GENERALES DOBLE ERRE SL frente a D. JOSE MANUEL PORTILLO MARIA, sobre Responsabilidad de Administrador que se sustanciará por las reglas del juicio verbal.
- Accédase a la base de datos del punto neutro judicial a fin de hacer una averiguación domiciliaria del demandado D. José Manuel Portillo María
EMPLÁCESE A LA PARTE DEMANDADA con traslado de la demanda y documentación acompañada para que la conteste y se pronuncie sobre la pertinencia de celebrar vista en el plazo de DIEZ DÍAS HÁBILES, computado desde el siguiente al emplazamiento con las siguientes prevenciones legales:
- Apercibir a la parte demandada que si no comparece dentro del plazo indicado, se le declarará en situación de rebeldía procesal y no se le notificarán más resoluciones que la que declare la rebeldía y la que ponga fin al proceso (artículos 496.1 y 497.1 LEC).
- Advertir a la parte demandada que la comparecencia en juicio debe realizarse por medio de abogado y procurador siempre que la cantidad reclamada supere los 2.000 euros (art. 23 y 31 de la LEC). Si pretende valerse de estos profesionales, deberá comunicarlo a esta Oficina Judicial en el plazo de TRES DÍAS desde que se le notifique la demanda.
- Advertir a la parte demandada que si carece de recursos económicos, puede solicitar el reconocimiento del derecho a la asistencia jurídica gratuita
- Que están a su disposición en la Oficina Judicial impresos normalizados que puede emplear para contestar a la demanda.
Se informa a las partes de que pueden recurrir a una negociación para intentar solucionar el conflicto, incluido el recurso a una mediación, pudiendo interesar la suspensión del procedimiento a tal fin.
MODO DE IMPUGNACIÓN: Recurso de reposición en el plazo de cinco días, desde su notificación, ante el Letrado de la Administración de Justicia que la dicta.
Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.
EL LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA,
Y como consecuencia del ignorado paradero de D. JOSE MANUEL PORTILLO MARIA, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.
SEVILLA a fecha del día de la firma.
LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
"La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.
Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes."
Sevilla, 12 de diciembre de 2022.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ANA MARIA GULLON GULLON
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