Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 2 de Segovia
Dirección: Calle SAN AGUSTIN 28
Localidad: Segovia
Código Postal: 40001
Provincia: Segovia
Teléfono: 921463257
Correo electrónico: mixto2.segovia@justicia.es
Concursal
Número: 464/2022
NIG: 4019441120220003196
Auto
Fecha: 01/12/2022
Objeto de la publicación edictal:
Notificación. Plazo: 20 Dias
Concurso de acreedores de Ciprian Costel Pricop
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
1.- Declarar en concurso a CIPRIAN COSTEL PRICOP, con NIE Y1214648D, condomicilio en C/ Oeste nº 25 – planta PBE – Gomezserrazín Segovia toda vez que ha sidoacreditado su estado de insolvencia actual, fijándose como pasivo que resulta de ladocumentación la cantidad de 15.916,38 euros2.- Tener por personado en el presente concurso, en nombre y representación de lapersona concursada, al Procurador Sr ELENA GARCINUÑO GONZÁLEZ con quien seentenderán las sucesivas diligencias y actuaciones.3.- Considerar el concurso con el carácter de voluntario.4.- Hacer pública la presente declaración de concurso por medio de Edictos que sepublicarán, uno, en el Boletín Oficial del Estado de forma gratuita y de conformidad conlo establecido en el artículo 35 del TRLC, en la forma y con los requisitos establecidosen el artículo 37 TER del TRLC. La remisión del edicto al boletín se realizará de formatelemática por este órgano, y, el otro, en el Registro Público Concursal, en la formaestablecida en el Art 35 y Art. 37 ter del TRLCSe hace llamamiento al acreedor o a los acreedores que representen, al menos, elcinco por ciento del pasivo a fin de que, en el plazo de quince días a contar del siguientea la publicación del edicto, puedan solicitar el nombramiento de un administradorconcursal para que presente informe razonado y documentado sobre los siguientesextremos:1.º Si existen indicios suficientes de que el deudor hubiera realizado actos perjudicialespara la masa activa que sean rescindibles conforme a lo establecido en esta ley.2.º Si existen indicios suficientes para el ejercicio de la acción social de responsabilidadcontra los administradores o liquidadores, de derecho o de hecho, de la persona jurídicaconcursada, o contra la persona natural designada por la persona jurídica administradorapara el ejercicio permanente de las funciones propias del cargo de administradorpersona jurídica y contra la persona, cualquiera que sea su denominación, que tengaatribuidas facultades de más alta dirección de la sociedad cuando no exista delegaciónpermanente de facultades del consejo en uno o varios consejeros delegados.3.º Si existen indicios suficientes de que el concurso pudiera ser calificado de culpable.5.- Expedir los despachos correspondientes, de conformidad con lo previsto en elartículo 36 y 37 del TRLC, que serán entregados a la representación procesal delconcursado, para su inmediata remisión y práctica de los asientos registrales previstos,en concreto al Registro Civil Central haciéndoles saber que hasta que no sea firme lapresente resolución, la anotación se hará con carácter preventivo, sin perjuicio que seproceda a la inscripción definitiva, una vez que conste la firmeza.6.- Indicar que las personas legitimadas, conforme a la Ley Concursal, para personarseen el procedimiento deben hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Abogado, asalvo lo que dispone la Ley de Procedimiento Laboral para la representación y defensa delos trabajadores.7.- Comunicar la declaración de concurso al Juez Decano de Segovia , para su traslado alos Juzgados de Primera Instancia y a los Juzgados de lo Social de esta localidad, alJugado Decano de Santa María la Real de Nieva, de Sepúlveda y de Cuéllar.8.- Entregar los oficios, edictos y mandamientos que se expidan en cumplimiento de loordenado en esta resolución a la representación procesal del concursado para que losdiligencie de inmediato, y acredite a este órgano judicial haber presentado losdespachos en el plazo de cinco días.9.- El presente auto producirá sus efectos de inmediato y será ejecutivo aunque no seafirme la presente resolución.
Segovia, 13 de diciembre de 2022.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, LUIS MARIA GARCIA AGUADO
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