Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Jaén
Dirección: Calle ARQUITECTO BERGES 16
Localidad: Jaén
Código Postal: 23007
Provincia: Jaén
Concursal
Número: 281/2022
Auto
Fecha: 20/09/2022
Objeto de la publicación edictal:
Emplazamiento. Plazo: Un mes para comunicación de créditos
Acreedores de la concursada.
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial o a la sede judicial electrónica (https://sede.justicia.juntadeandalucia.es/).
Edicto
El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Jaén, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 35 del Texto Refundido de la Ley Concursal (TRLC),
Anuncia
1º.- Que con fecha 29/06/2022, se presentó solicitud de concurso de acreedores que fue repartido a este juzgado el día 30/06/2022 y registrado con el número 281/2022; siendo su NIG 2305042120220006345.
2º.- Que por auto de fecha 20/09/2022 se ha declarado en concurso de acreedores voluntario ordinario a D/ña. JUANA EUFRASIA REYES GARRIDO, con D.N.I. número 25967634J, con domicilio en calle San Pablo nº 26 de Mengibar (Jaén) y cuyo centro de intereses principales lo tiene en la referida ciudad.
3º.- El concursado conservará las facultades de administración y disposición sobre la masa activa, pero el ejercicio de estas facultades estará sometido a la intervención de la administración concursal, que podrá autorizar o denegar la autorización según tenga por conveniente.
4.º- Que los acreedores de los concursados deberán dirigir a la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en los art. 256 y 257 del TRLC. A estos efectos se informa que la administración concursal designada ha sido:
D. ALBERTO LARA MORAL
DOMICILIO: Calle Castilla nº 2, esc. 2, 1º B. 23007 Jaén.
PROFESIÓN: Abogado.
CORREO ELECTRÓNICO: concurso281.2022@gmail.com
El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de la declaración de concurso en el Boletín Oficial del Estado.
5º.- Dentro del plazo para la comunicación de créditos cualquier acreedor o cualquier personado en el concurso podrá remitir por correo electrónico a la administración concursal cuanto considere relevante para fundar la calificación del concurso como culpable, acompañando, en su caso, los documentos que considere oportunos.
6.º- Los acreedores y los demás legitimados para solicitar la declaración de concurso actuarán representados por procurador y asistidos por letrado para comparecer en el procedimiento, así como para presentar solicitudes o demandas, actuar en los incidentes que se incoen o interponer recursos.
Los acreedores podrán solicitar de la administración concursal en cualquier momento el examen de aquellos documentos o de aquellos informes que consten en autos sobre los créditos que hubieran comunicad.
Cualesquiera otras personas que tengan interés legítimo en el concurso podrán comparecer siempre que lo hagan representados por procurador y asistidos de letrado.
7º.- La dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso es la siguiente: https://www.publicidadconcursal.es/concursal-web/
Jaén, 13 de diciembre de 2022.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MANUEL GABRIEL BLANCA BUENDIA
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid