Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Castellón de la Plana
Dirección: Bulevar BLASCO IBAÑEZ 10
Localidad: Castelló de la Plana
Código Postal: 12003
Provincia: Castellón/Castelló
Teléfono: 964621452
Correo electrónico: casmerca01_cas@gva.es
Concursal
Número: 153/2017
NIG: 1204066120170000174
Providencia
Fecha: 01/12/2022
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
Interesados y acreedores de la mercantil MUEBLES AÑON QUEROL SA con CIF número A12016192
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
1.- Dada cuenta; por presentado el escrito de fecha 30/11/22 por el Administrador Concursal al objeto de aportar los textos definitivos a los que se refiere el art. 304 TRLC, únase a los autos de su razón.Remítase por el Ltdo. de la Admón. de Justicia por medios electrónicos al Registro público concursal.Remítase por el administrador concursal por medios electrónicos al deudor y a los acreedores reconocidos de cuya dirección electrónica tenga constancia y a quienes estuvieran personados en el concurso, aunque no fueran acreedores. Si no tuviera constancia de la dirección electrónica, el administrador concursal efectuará la remisión al procurador que los represente. (art. 304). 2.- El texto definitivo de la lista de acreedores, además de en los demás supuestos previstos en esta Ley, podrá modificarse en los casos previstos en el artículo 308 y por el cauce del art. 311 TRLC. Conforme al artículo 311 TRLC, salvo que la modificación tenga su origen en una resolución judicial recaída con posterioridad a la presentación de los textos definitivos en cuyo caso la administración concursal modificará el texto definitivo tan pronto como tenga constancia de la citada resolución, en los demás supuestos tal modificación sólo podrá solicitarse por el interesado antes de que recaiga la resolución por la que se apruebe la propuesta de convenio o se presenten en el Juzgado el informe final de liquidación o la comunicación de insuficiencia de masa activa, mediante solicitud dirigida a la Administración concursal, con justificación de la modificación pretendida, así como de la concurrencia de las circunstancias previstas en dicho artículo.
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Castelló de la Plana, 12 de diciembre de 2022.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA DE LAS MERCEDES CHECA MOYA
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