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Documento BOE-J-2022-546683

BARCELONA. Edicto de 12 de diciembre de 2022 en procedimiento concursal número 1466/2022.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 301, de 16 de diciembre de 2022
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - BARCELONA
Referencia:
BOE-J-2022-546683

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Barcelona

Dirección: Avenida DE LES CORTS CATALANES (edificio C) 111

Localidad: Barcelona

Código Postal: 08075

Provincia: Barcelona

Teléfono: 935549461

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 1466/2022

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 02/12/2022

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: Auto declara concurso. 15 días sobre conclusión

DESTINATARIOS

Concurso Consecutivo 1466/2022-A.

Concursada Sra. Meritxell Mas Oños

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

Juzgado de lo Mercantil nº 01 de Barcelona

Avenida Gran Via de les Corts Catalanes, 111, Edifici C, planta 12 - Barcelona CP.:08075

TEL: 935549461 / FAX: 935549561

Concurso Consecutivo 1466/2022-A

Concursada: Sra. Meritxel Mas Oños

EDICTO

Santiago García Miguel, el Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 01 de Barcelona al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este órgano judicial, hago saber:

Número de asunto. Concurso consecutivo 1466/2022-A

NIG: 0801947120228016162

Fecha del auto de declaración. 2 de diciembre de 2022.

Clase de concurso. voluntario.

Concursada. Sra. Meritxel Mas Oños, con DNI 46783480P.

Administradores concursales.

- ADMICO CONCURSAL, SLP.

Persona física que ejerciente de dicho cargo

- Sr. FERMI ARIAS MARTÍNEZ, quien designa a

Dirección postal: C/Hercegovina, 33. Bajos. CP 08006-Barcelona

Dirección electrónica: info@admicoconcursal.com

Régimen de las facultades del concursado. SUSPENDIDAS.

Dése traslado a los acreedores por QUINCE DÍAS a contar desde la publicación de la declaración de concurso en el Registro Público Concursal para que realicen alegaciones o, en su caso, se opongan a la petición de conclusión del procedimiento por insuficiencia de masa activa.

Forma de personación. Los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deben hacerlo por medio de procurador y asistidos de abogado (art. 512 LC). La personación se debe realizar en la Oficina de Tramitación Concursal a los Órganos Mercantiles.

En Barcelona, a 2 de diciembre de 2022.

El Letrado de la Administración de Justicia

Los interesados quedan informados de que sus datos personales han sido incorporados al fichero de asuntos de esta Oficina Judicial, donde se conservarán con carácter de confidencial, bajo la salvaguarda y responsabilidad de la misma, dónde serán tratados con la máxima diligencia.

Quedan informados de que los datos contenidos en estos documentos son reservados o confidenciales y que el tratamiento que pueda hacerse de los mismos, queda sometido a la legalidad vigente.

Los datos personales que las partes conozcan a través del proceso deberán ser tratados por éstas de conformidad con la normativa general de protección de datos. Esta obligación incumbe a los profesionales que representan y asisten a las partes, así como a cualquier otro que intervenga en el procedimiento.

El uso ilegítimo de los mismos, podrá dar lugar a las responsabilidades establecidas legalmente.

En relación con el tratamiento de datos con fines jurisdiccionales, los derechos de información, acceso, rectificación, supresión, oposición y limitación se tramitarán conforme a las normas que resulten de aplicación en el proceso en que los datos fueron recabados. Estos derechos deberán ejercitarse ante el órgano judicial u oficina judicial en el que se tramita el procedimiento, y las peticiones deberán resolverse por quien tenga la competencia atribuida en la normativa orgánica y procesal.

Todo ello conforme a lo previsto en el Reglamento EU 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, en la Ley Orgánica 3/2018, de 6 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales y en el Capítulo I Bis, del Título III del Libro III de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.

Barcelona, 12 de diciembre de 2022.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, SANTIAGO GARCIA MIGUEL

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