Juzgado de Primera Instancia Nº 3 de Madrid
Dirección: Calle DEL POETA JOAN MARAGALL 66
Localidad: Madrid
Código Postal: 28020
Provincia: Madrid
Teléfono: 914932682
Civil
Número: 659/2021
Sentencia
Fecha: 28/11/2022
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
MIGUEL ÁNGEL GONZÁLEZ ÁLVAREZ - NIF/NIE: ***0987**
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
Procedimiento: Juicio Verbal (250.2) 659/2021
Autos: Juicio Verbal nº 659/21
Demandante: María Jesús Velasco Juez
Procurador: Felipe de Iracheta Martín
Letrado: Gonzalo Ramos Aguirre
Demandado: Miguel Ángel González Álvarez, (rebelde)
S E N T E N C I A - Nº 441/2022
En Madrid, a veintiocho de noviembre de dos mil veintidós.
Rafael Fluiters Casado, Magistrado Juez del Juzgado de Primera Instancia número 3 de esta ciudad, vistos los autos de Juicio Verbal sobre obligación de hacer y reclamación de cantidad, tramitados con el número 659/21, y seguidos a instancia de María Jesús Velasco Juez contra Miguel Ángel González Álvarez, declarado en situación procesal de rebeldía.
F A L L O
Estimo la demanda formulada por el procurador Felipe de Iracheta Martín, en nombre y representación de María Jesús Velasco Juez, contra Miguel Ángel González Álvarez, y en su virtud:
1º.- declaro que el demandado es responsable de los daños causados en la vivienda de la demandante;
2º.- condeno al demandado a estar y pasar por dicha declaración;
3º.- condeno al demandado a la reparación, a su costa, de la causa de los daños ocasionados a su mandante, concretada en la reparación definitiva del origen de las filtraciones y los daños producidos, con apercibimiento de poder facultar a la demandante para que encargue el hacer a un tercero a costa del demandado, si no lo realiza este en el término que se le conceda en ejecución de sentencia, limitando esa responsabilidad en ambos casos a la suma de 3.000,00 €;
4º.- condeno al demandado a indemnizar a la demandante con la cantidad de seiscientos ochenta y cuatro euros y veintitrés céntimos de euro (684,23 €), con más sus intereses legales de demora procesal; y
5º.- ello con imposición de las costas del procedimiento a la parte demandada.
Notifíquese la presente resolución a las partes haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer, en el término de veinte días, recurso de apelación ante este Tribunal para su resolución por la Audiencia Provincial de Madrid, justificando al hacerlo haber depositado la suma de 50,00 € en la cuenta de consignaciones del Juzgado.
Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en esta primera instancia, la pronuncio, mando y firmo
Madrid, 12 de diciembre de 2022.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, CARMEN SALGADO SUAREZ
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