Juzgado de Primera Instancia Nº 10 de Oviedo
Dirección: Calle ROSAL 7
Localidad: Oviedo
Código Postal: 33009
Provincia: Asturias
Teléfono: 985106404
Correo electrónico: juzgadoinsntancia10.oviedo@asturias.org
Concursal
Número: 864/2022
NIG: 3304442120220006078
Diligencia
Fecha: 01/12/2022
Objeto de la publicación edictal:
Notificación. Plazo: 10 días.
Acrreedores e interesados concurso persona física de Dña. Cristina Gordillo Álvarez (DNI: 71768726-D) y D. Raúl García Garcïa (DNI: 71648011-K)
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
DILIGENCIA DE ORDENACIÓN
Sra. Letrado de la Administración de Justicia Dña. MARTA ALVAREZ ARCE
En OVIEDO, a uno de diciembre de dos mil veintidós.El anterior escrito de la Procuradora Sra. Alcocer Antón ycopia de escritura de poder otorgado a su favor por la entidad BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA S.A.; únanse. Se tiene prpersonado y parte a la citada Procuradora en nombre yrepresentación de BBVA, en su condición de acreedor, con quien se entenderán las sucesivas diligencias en el tiempo y forma previstos por la Ley.
Presentado por la administración concursal el anterior escrito e informe dentro del plazo legal, y de conformidad con lo previsto en el artículo 294 del TRLC, en su nueva redacción,requiérase al Administrador Concursal a fin de que remita dicho informe con los documentos anejos al Registro PúblicoConcursal, debiendo aportar justificante de dicha remisión, a fin de cómputo de plazos.Así mismo, deberá remitir el informe y los documentos anejos por correo electrónico al deudor, a aquellos que hubiesen comunicado sus créditos de cuya dirección electrónica tengaconstancia, estén o no incluidos en la lista de acreedores, ya quienes, aunque no fueran acreedores, estuvieran personadosen el concurso. Si no tuviera constancia fehaciente de la recepción del correo electrónico, deberá intentar la comunicación por cualquier otro medio que permita al acreedor conocer de su publicación en el Registro público concursal. Si no tuviera constancia de la dirección electrónica, el administrador concursal efectuará la remisión al procurador que los represente.
Dentro del plazo de diez días las partes personadas en el concurso de acreedores podrán impugnar el inventario y la lista de acreedores. El plazo para impugnar el inventario y la lista de acreedores se contará desde la inserción de esos documentos en el Registro público concursal.
Anunciar la presentación del informe por medio de edictos quese fijarán en el TEJU, haciendo saber a los interesados que no estén personados que en el plazo de diez días, computado desde dicha publicación, podrán impugnar tanto el inventario de bienes y derechos como la lista de acreedores en aquello que estimen les es perjudicial.
MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra la presente resolución cabe interponer recurso de reposición en el plazo de cinco días,desde el día siguiente al de su notificación, ante el Letradode la Administración de Justicia que la dicta. Debiendo expresar en el mismo la infracción en que la resolución hubiera incurrido a juicio del recurrente (arts. 451 y 452LEC).Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.
Oviedo, 12 de diciembre de 2022.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARTA ALVAREZ ARCE
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