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Documento BOE-J-2022-544757

MÁLAGA. Edicto de 11 de diciembre de 2022 en procedimiento concursal número 163/2018.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 300, de 15 de diciembre de 2022
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - MÁLAGA
Referencia:
BOE-J-2022-544757

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Málaga

Dirección: Calle FISCAL LUIS PORTERO GARCÍA S/N

Localidad: Málaga

Código Postal: 29010

Provincia: Málaga

Teléfono: 951939040

Correo electrónico: mercantil1.malaga.jus@juntadeandalucia.es

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 163/2018

NIG: 2906742120180010501

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 21/11/2022

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

Acreedores e interesados en el concurso 163/18 de AGUAS MINERALES DEL SUR, SL.

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial o a la sede judicial electrónica (https://sede.justicia.juntadeandalucia.es/).

INFORMACIÓN ADICIONAL

Que en el procedimiento nº 163/18 de la concursada AGUAS MINERALES DEL SUR S.L con CIF B29738325, por auto de fecha 21/11/22 se ha acordado la apertura de la fase de liquidación, quedando en suspenso las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el Título VIII del libro I del TRLC. Asimismo se declara disuelta la citada mercantil y el cese de los administradores o liquidadores de la sociedad, que serán sustituidos a todos los efectos por la administración concursal, sin perjuicio de continuar aquellos con la representación de la sociedad en el concurso y en los incidentes de los que sean partes. Se declaran vencidos los créditos concursales aplazados y se deberán convertir a dinero los que consistan en otras prestaciones. Se ha ordenado la formación de la sección sexta teniendo los acreedores, o persona que acredite interés legítimo, un PLAZO DE 10 DIAS para poder personarse, ser parte en esta sección y alegar por escrito cuanto consideren relevante para la calificación del concurso como culpable, acompañando los documentos que estime oportunos.

Contra la referida resolución cabe recurso de apelación en el plazo de veinte días que se considerará apelación más próxima a los efectos prevenidos en el artículo 547.1 TRLC.

Málaga, 11 de diciembre de 2022.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, DAVINIA JIMENEZ CHAMIZO

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