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Documento BOE-J-2022-544738

BARCELONA. Edicto de 9 de diciembre de 2022 en procedimiento concursal número 1332/2022.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 300, de 15 de diciembre de 2022
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - BARCELONA
Referencia:
BOE-J-2022-544738

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 5 de Barcelona

Dirección: Avenida DE LES CORTS CATALANES (edificio C) 111

Localidad: Barcelona

Código Postal: 08075

Provincia: Barcelona

Teléfono: 935549465

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 1332/2022

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 01/12/2022

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

Acreedores de la concursada y demás interesados de la concursada, D. Cristian Javier Teixeira Romero, DNI 36579362-R y Dª. Cinthia Alexandra Jimenez Londono, NIE X-9637443-Y.

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

Concurso Voluntario Abreviado con Insuficiencia de masa activa y Solicitud de declaración y conclusión (art. 705.4 TRLC).

Fecha de presentación de la solicitud: 04/11/2022. Fecha de reparto de la solicitud: 08 de noviembre de 2022. Fecha del auto de declaración. 01 de diciembre de 2022.

Se ha designado como administrador concursal: Roldán Martínez Castejón.

Dirección postal: Rambla Catalunya 45, 2-1, 08007, Barcelona.

Dirección electrónica: roldan@martinezcastejon.net

Régimen de las facultades del concursado. SUSPENDIDAS.

Dése traslado a los acreedores por QUINCE DÍAS a contar desde la publicación de la declaración de concurso en el Registro Público Concursal para que realicen alegaciones o, en su caso, se opongan a la petición de conclusión del procedimiento por insuficiencia de masa activa.

Dése traslado al deudor para que, dentro del mismo plazo, solicite, en su caso, el beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho, constando ya el informe favorable del mediador concursal, quien deberá poner en conocimiento del deudor el traslado acordado en esta resolución.

Dirección electrónica del Registro Público concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso: https://www.publicidadconcursal.es

Barcelona, 9 de diciembre de 2022.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ALFREDO VILLAESCUSA GARCIA

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