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Documento BOE-J-2022-544722

BARCELONA. Edicto de 12 de diciembre de 2022 en procedimiento concursal número 1170/2022.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 300, de 15 de diciembre de 2022
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - BARCELONA
Referencia:
BOE-J-2022-544722

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 6 de Barcelona

Dirección: Avenida DE LES CORTS CATALANES (edificio C) 111

Localidad: Barcelona

Código Postal: 08075

Provincia: Barcelona

Teléfono: 935549466

Correo electrónico: mercantil6.barcelona@xij.gencat.cat

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 1170/2022

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 28/11/2022

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

Concurso consecutivo de Raul Francisco Pérez Ruiz

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

José Antonio Alonso Almaraz, el Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 06 de Barcelona al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este órgano judicial, hago saber:

Número de asunto. Concurso consecutivo 1170/2022 F

NIG: 0801947120228012019

Fecha del auto de declaración. 28/11/2022

Clase de concurso. Concurso consecutivo

Concursada. RAUL FRANCISCO PEREZ RUIZ, con NIF 41544544N.

Administradores concursales.

Se ha designado como administrador concursal:

EUDALD TORRES ROBERT

Dirección postal: c. Jaume Cantaner, 2, 1º 3º (08221) Terrassa

Dirección electrónica: etorres@economistes.com

Régimen de las facultades del concursado. Suspendidas.

Llamamiento a los acreedores. Los acreedores, que no costen en el listado presentado por el Mediador concursal, deben comunicar sus créditos a la administración concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y posterior reconocimiento y clasificación de conformidad con el art. 255 de la Ley Concursal (LC), en el plazo de un MES a contar desde la publicación.

Se tiene por solicitada la conclusión y se da traslado a los acreedores por un plazo de 10 días a contar desde se le efectúe por la administración concursal la comunicación individualizada de los arts. 252 y 253 del TRLC, para oponerse a la conclusión.

En ese mismo plazo el deudor/concursado deberá solicitar, en su caso, la exoneración de pasivo insatisfecho conforme al fundamento octavo de esta resolución.

Se tiene por presentadas alegaciones sobre la imposibilidad de presentar Plan de Liquidación.

Se tiene por presentado por parte del mediador concursal el Informe con la lista de acreedores y el inventario.

Se da traslado a los/las acreedores por un plazo de 10 días a contar desde se le efectúe por la administración concursal la comunicación individualizada de los arts. 252 y 253 del TRLC, para impugnar la lista de acreedores o el inventario presentados por el mediador concursal, hacer observaciones o impugnar el informe del mediador sobre la innecesaridad de presentar plan de liquidación, así como oponerse a la no realización de la vivienda habitual y de, mediante escrito razonado, solicitar la apertura de la sección de calificación.

A efectos de la exoneración la AC deberá presentar un cuadro en formato Word que contenga los créditos no satisfechos que sean objeto de exoneración y, en su caso, otro cuadro con los créditos que deban ser incluidos en el plan de pagos. Este cuadro deberá presentarlo junto con el escrito de alegaciones a la solicitud de exoneración efectuada por el deudor, en el plazo que se le confiera por el Juzgado.

La lista de acreedores puede consultarse en la Oficina judicial, sita en Avenida Gran Via de les Corts Catalanes, 111, edifici C, planta 12 - Barcelona.

Forma de personación. Los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deben hacerlo por medio de procurador y asistidos de abogado (art. 512 LC). La personación se debe realizar en la Oficina de Tramitación Concursal a los Órganos Mercantiles.

Dirección electrónica del Registro Público concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso: https://www.publicidadconcursal.es

Barcelona, 12 de diciembre de 2022.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, JOSE ANTONIO ALONSO ALMARAZ

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