Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 2 de Segovia
Dirección: Calle SAN AGUSTIN 28
Localidad: Segovia
Código Postal: 40001
Provincia: Segovia
Teléfono: 921463257
Correo electrónico: mixto2.segovia@justicia.es
Civil
Número: 37/2021
NIG: 4019441120210000244
Decreto
Fecha: 07/12/2022
Objeto de la publicación edictal:
Notificación. Plazo: 5 días
AGUSTÍN MUÑOZ LEÓN - NIF/NIE: ***7196**
MERCEDES ZAMARRIEGO MARTÍNEZ - NIF/NIE: ***3262**
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
D E C R E T O
Sr. Letrado de la Administración de Justicia:
D. LUIS GARCÍA AGUADO.
En SEGOVIA, a siete de diciembre de dos mil veintidós.
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero.- Por el Abogado D. ALFONSO GIL BENITO se presentó reclamación de los honorarios devengados en el procedimiento EJECUCIÓN DE TÍTULOS NO JUDICIALES 172/2017 frente a AGUSTIN MUÑOZ LEON y MERCEDES ZAMARRIEGO MARTINEZ, por importe de 45.000,00 euros, manifestando que le eran debidos y no satisfechos.
Segundo.- Por resolución de fecha 9/02/2022 se acordó requerir al deudor para que pagase dicha suma, o impugnara la cuenta, en el plazo de diez días, bajo apercibimiento de apremio, habiendo transcurrido dicho plazo sin pagar ni formular impugnación.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero.- Dispone el artículo 35.3 de la L.E.C., que si el deudor de los honorarios no formulare oposición dentro del plazo establecido, se despachará ejecución por la cantidad a que ascienda la minuta.
Segundo.- En el presente caso visto el requerimiento que se ha hecho al deudor así como su posterior falta de impugnación, o pago de la cantidad reclamada, es procedente acordar el archivo del presente procedimiento y requerir al abogado demandante a fin de que formule demanda de ejecución, sirviendo la presente resolución de título ejecutivo para el despacho de la misma, a tenor de lo establecido el artículo 517.2.9º de la L.E.C., siendo la cantidad reclamada vencida, determinada y líquida.
PARTE DISPOSITIVA
ACUERDO:
1.- Archivar la presente cuenta de abogado instada por el abogado D. ALFONSO GIL BENITO frente a los deudores AGUSTIN MUÑOZ LEON y MERCEDES ZAMARRIEGO MARTINEZ.
2.- Requerir al abogado demandante a fin de que presente demanda de ejecución, en el caso de que desee proceder al despacho de la misma.
3.- Notifíquese el presente a los demandados mediante edicto publicado en el Tablón Judicial Edictal Único.
MODO DE IMPUGNACION: Este decreto no es susceptible de recurso, sin perjuicio de la oposición que pueda plantearse ante la ejecución que en su día se despachare. (artículo 35.2 L.E.C.).
Así lo acuerdo y firmo, doy fe.
EL LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Segovia, 7 de diciembre de 2022.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, LUIS MARIA GARCIA AGUADO
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