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Documento BOE-J-2022-541142

SEGOVIA. Edicto de 6 de diciembre de 2022 en procedimiento concursal número 557/2022.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 298, de 13 de diciembre de 2022
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN - SEGOVIA
Referencia:
BOE-J-2022-541142

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 2 de Segovia

Dirección: Calle SAN AGUSTIN 28

Localidad: Segovia

Código Postal: 40001

Provincia: Segovia

Teléfono: 921463257

Correo electrónico: mixto2.segovia@justicia.es

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 557/2022

NIG: 4019441120220003834

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 02/12/2022

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: 20 dias

DESTINATARIOS

Concurso de acreedores de Nedyalko Kachov Asenov y Velyana Metodieva Borisova

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

1.- Declarar en concurso a NEDYALKO KACHOV ASENOV, con NIE X6372908E,con domicilio en C/ GENERAL CANTO BORREGUERO Nº 20 – PBE – TUREGANO –SEGOVIA toda vez que ha sido acreditado su estado de insolvencia actual, fijándosecomo pasivo que resulta de la documentación la cantidad de 205.953,44 euros2.- Declarar en concurso a VELYANA METODIEVA BORISOVA, con NIEX7732809W con domicilio en C/ GENERAL CANTO BORREGUERO Nº 20 – PBE –TUREGANO – SEGOVIA toda vez que ha sido acreditado su estado de insolvenciaactual, fijándose como pasivo que resulta de la documentación la cantidad de 159.947,67euros.3.- Tener por personado en el presente concurso, en nombre y representación delas personas concursadas, a la Procurador Dña. MARIA YOLANDA CRESPO AGUILERAcon quien se entenderán las sucesivas diligencias y actuaciones.4- Considerar el concurso con el carácter de voluntario.5.- Hacer pública la presente declaración de concurso por medio de Edictos quese publicarán, uno, en el Boletín Oficial del Estado de forma gratuita y de conformidadcon lo establecido en el artículo 35 del TRLC, en la forma y con los requisitosestablecidos en el artículo 37 TER del TRLC. La remisión del edicto al boletín serealizará de forma telemática por este órgano, y, el otro, en el Registro PúblicoConcursal, en la forma establecida en el Art 35 y Art. 37 ter del TRLCSe hace llamamiento al acreedor o a los acreedores que representen, al menos, elcinco por ciento del pasivo a fin de que, en el plazo de quince días a contar del siguientea la publicación del edicto, puedan solicitar el nombramiento de un administradorconcursal para que presente informe razonado y documentado sobre los siguientesextremos:1.º Si existen indicios suficientes de que el deudor hubiera realizado actosperjudiciales para la masa activa que sean rescindibles conforme a lo establecido en estaley.2.º Si existen indicios suficientes para el ejercicio de la acción social deresponsabilidad contra los administradores o liquidadores, de derecho o de hecho, de lapersona jurídica concursada, o contra la persona natural designada por la personajurídica administradora para el ejercicio permanente de las funciones propias del cargode administrador persona jurídica y contra la persona, cualquiera que sea sudenominación, que tenga atribuidas facultades de más alta dirección de la sociedadcuando no exista delegación permanente de facultades del consejo en uno o variosconsejeros delegados.3.º Si existen indicios suficientes de que el concurso pudiera ser calificado deculpable.6.- Expedir los despachos correspondientes, de conformidad con lo previsto en elartículo 36 y 37 del TRLC, que serán entregados a la representación procesal delconcursado, para su inmediata remisión y práctica de los asientos registrales previstos,en concreto al Registro Civil Central haciéndoles saber que hasta que no sea firme lapresente resolución, la anotación se hará con carácter preventivo, sin perjuicio que seproceda a la inscripción definitiva, una vez que conste la firmeza. Igualmente, en elregistro de bienes muebles de Segovia, respecto del bien matricula 2408KNP. BastidorU5YPH815AHL393647.7.- Indicar que las personas legitimadas, conforme a la Ley Concursal, parapersonarse en el procedimiento deben hacerlo por medio de Procurador y asistidos deAbogado, a salvo lo que dispone la Ley de Procedimiento Laboral para la representación ydefensa de los trabajadores.8.- Comunicar la declaración de concurso al Juez Decano de Segovia , para sutraslado a los Juzgados de Primera Instancia y a los Juzgados de lo Social de estalocalidad, al Jugado Decano de Santa María la Real de Nieva, de Sepúlveda y de Cuéllar.9.- Entregar los oficios, edictos y mandamientos que se expidan en cumplimientode lo ordenado en esta resolución a la representación procesal del concursado para quelos diligencie de inmediato, y acredite a este órgano judicial haber presentado losdespachos en el plazo de cinco días.10.- El presente auto producirá sus efectos de inmediato y será ejecutivo aunqueno sea firme la presente resolución.

Segovia, 6 de diciembre de 2022.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, LUIS MARIA GARCIA AGUADO

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