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Documento BOE-J-2022-539648

SANTIAGO DE COMPOSTELA. Edicto de 2 de diciembre de 2022 en procedimiento civil número 321/2021.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 297, de 12 de diciembre de 2022
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA - A CORUÑA
Referencia:
BOE-J-2022-539648

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de Primera Instancia Nº 5 de Santiago de Compostela

Dirección: Calle VIENA S/N POLÍGONO FONTIÑAS

Localidad: Santiago de Compostela

Código Postal: 15707

Provincia: A Coruña

Teléfono: 981540413

Correo electrónico: instancia5.santiago@xustiza.gal

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 321/2021

RESOLUCIÓN PROCESAL

Decreto

Fecha: 09/09/2021

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

CREACION GLOBAL S.L.U. - Nº *****6740*

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial o a la sede judicial electrónica (https://sede.xustiza.gal/).

INFORMACIÓN ADICIONAL

D E C R E T O

Sra. Letrada de la Administración de Justicia:Dña. Mª MANUELA GARCIA JALON DE LA LAMA.

En SANTIAGO DE COMPOSTELA, a nueve de septiembre de dos mil veintiuno.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- FERNANDO JOSE QUEIRUGA DOMINGUEZ presentó solicitud inicial de procedimiento monitorio dirigida frente a CREACIONGLOBAL S.L.U, en reclamación de 1.057,04 euros.

Segundo.- Admitida a trámite la solicitud, se acordó requerir a la parte deudora para que en el plazo de VEINTE DÍAS, pagara al acreedor la cantidad reclamada o, en otro caso, presentara escrito de oposición alegando de forma fundada y motivada las razones para no hacerlo.

Tercero.- La parte demandada ha sido requerida en fecha 6 dejulio de 2021, en el domicilio sito en Rúa Roma nº 1 bajo local A-B de Santiago de Compostela. Ha transcurrido el plazo concedido, sin que la parte deudora haya comparecido ni presentado escrito formulando oposición o acreditando el abono.

PARTE DISPOSITIVA

Acuerdo:

1.- Archivar el presente procedimiento monitorio instado por FERNANDO JOSE QUEIRUGA DOMINGUEZ, frente a CREACION GLOBALS.L.U.

2.- Dar traslado a la parte actora a fin de que presente demanda de ejecución, en el caso de que desee proceder al despacho de la misma.

3.- Notificar la presente resolución a las partes,advirtiéndoles que si cambiasen de domicilio lo habrán de comunicar inmediatamente al órgano judicial.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra la presente resolución cabe interponer recurso de revisión en el plazo de cinco días contados a partir del día siguiente de su notificación,mediante escrito en el que deberá citarse la infracción en que la resolución hubiera incurrido.

Santiago de Compostela, 2 de diciembre de 2022.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA MANUELA GARCIA JALON DE LA LAMA

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