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Documento BOE-J-2022-539139

ZARAGOZA. Edicto de 2 de diciembre de 2022 en procedimiento concursal número 159/2022.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 297, de 12 de diciembre de 2022
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - ZARAGOZA
Referencia:
BOE-J-2022-539139

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 2 de Zaragoza

Dirección: Plaza EXPO 6 EDIFICIO VIDAL DE CANELLAS

Localidad: Zaragoza

Código Postal: 50018

Provincia: Zaragoza

Teléfono: 976208296

Correo electrónico: mercantil2zaragoza@justicia.aragon.es

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 159/2022

NIG: 5029747120210000351

RESOLUCIÓN PROCESAL

Diligencia

Fecha: 01/12/2022

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: 5 dias

DESTINATARIOS

ANA GEMA TEJERO GUERRERO - NIF/NIE: ***6464**

JUAN MANUEL ROBLES PEREZ - NIF/NIE: ***4301**

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

1.- Que en el procedimiento concursal número 0000159/2021 referente a los deudores DOÑA ANA GEMA TEJERO GUERRERO con DNI 72964646K y DON JUAN MANUEL ROBLES PEREZ CON DNI 25443019M se ha presentado el informe de la administración concursal, junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa.2.- En resolución de esta misma fecha se ha acordado comunicar la presentación de dicho informe en el Tablón Judicial Unico TEJU, así como en el R.P.C,. una vez sea firme la resolución.Dentro del plazo de DIEZ DIAS, computados desde la inserción de los documentos en el R.P.C., cuyos destinatarios son todos los acreedores no personados en el presente concurso de la entidad concursada, las partes personadas podrán impugnar el inventario y la lista de Acreedores, según lo dispuesto en el art.297.1 y 297. 2. LC3.- Para hacerlo se necesita valerse de abogado y procurador.

Zaragoza, 2 de diciembre de 2022.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ELENA VICTORIA BUIL TORRALBA

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