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Documento BOE-J-2022-539130

MÁLAGA. Edicto de 2 de diciembre de 2022 en procedimiento civil número 295/2022.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 297, de 12 de diciembre de 2022
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - MÁLAGA
Referencia:
BOE-J-2022-539130

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 2 de Málaga

Dirección: Calle FISCAL LUIS PORTERO GARCÍA S/N

Localidad: Málaga

Código Postal: 29010

Provincia: Málaga

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 295/2022

NIG: 2906742220140000353

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 26/09/2022

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

MARIA DEL PILAR GARCIA GARCIA - NIF/NIE: ***8983**

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

AUTO

D./Dña. MARÍA JOSÉ GALIANO NIEVES

En Málaga, a veintiséis de septiembre de dos mil veintidós.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- Por la procuradora ALICIA MARQUEZ GARCIA, en nombre y representación de DISITOLDO EUROPA S.L., se ha presentado demanda de ejecución de DECRETO de fecha 9 DE MARZO DE 2022 dictada por el presente órgano judicial en la IMPUGNACION DE TASACION DE COSTAS 194.02/2014 contra MARIA DEL PILAR GARCIA GARCIA.

SEGUNDO.- Turnada a este Juzgado, ha quedado registrada con la referencia que consta ut supra y formados autos.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO.- Establece el vigente art. 551.1 LEC que, presentada la demanda ejecutiva, siempre que concurran los presupuestos y requisitos procesales, el título ejecutivo no adolezca de ninguna irregularidad formal y los actos de ejecución que se soliciten sean conformes con la naturaleza y el contenido del título, el tribunal dictará auto conteniendo la orden general de ejecución y despachando la misma.

SEGUNDO.- Teniendo en cuenta lo dispuesto en los arts. 549 y 550 LEC sobre la demanda ejecutiva y los documentos acompañados en el presente se caso, se cumplen con los requisitos y presupuestos de, legitimación, capacidad, competencia, y llevar aparejado carácter ejecutivo el titulo cuya ejecución se insta.

TERCERO.- Conforme a lo interesado en el apartado del referido Artículo 551.3 LEC quedan los autos en poder de la Letrada de la Administración de Justicia a fin de que se proceda a dictar el oportuno Decreto.

PARTE DISPOSITIVA

SE DICTA ORDEN GENERAL DE EJECUCIÓN Y SE ACUERDA SU DESPACHO a instancias de la procuradora ALICIA MARQUEZ GARCIA, en nombre y representación de DISITOLDO EUROPA S.L., en su condición de parte ejecutante, frente a MARIA DEL PILAR GARCIA GARCIA, en su condición de parte ejecutada, por la cantidad de 3.331,17 euros en concepto de principal y la cantidad de 999,35 euros que se presupuestan para intereses y costas de la ejecución sin perjuicio de ulterior liquidación.

Póngase en conocimiento del Letrado de la Administración de Justicia , a los efectos prevenidos en el razonamiento TERCERO.

Notifíquese esta resolución a las partes haciéndoles saber que frente a la misma NO CABE RECURSO conforme al Art. 551.4. LEC. Sin perjuicio de pueda formularse OPOSICIÓN al mismo.

Málaga, 2 de diciembre de 2022.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ANA ISABEL DEL POZO AGUILAR

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