Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Madrid
Dirección: Calle GRAN VÍA 52
Localidad: Madrid
Código Postal: 28013
Provincia: Madrid
Teléfono: 914930527
Correo electrónico: natalia.deantonio@madrid.org
Civil
Número: 78/2022
NIG: 2807900220220047991
Decreto
Fecha: 30/06/2022
Objeto de la publicación edictal:
Emplazamiento. Plazo: diez dias
MARIA DE LOS ANGELES GERVILLA MARQUEZ - NIF/NIE: ***1348**
GRUPO MANAROLA 2020 SL - Nº ****8139*
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
PARTE DISPOSITIVAACUERDO:SE ADMITE A TRÁMITE LA DEMANDA presentada por Procurador D./Dña.SILVIA URDIALES GONZALEZ en nombre y representación de MERCADÉFRUITS,S.L., frente a GRUPO MANAROLA 2020 S.L y D./Dña. MARIA DE LOSANGELES GERVILLA MARQUEZ, sobre Obligaciones que se sustanciará por lasreglas del juicio verbal.Respecto al otrosí digo, no ha lugar a lo solicitado, pudiéndolo solicitar en elmomento procesal oportuno, al no estar las actuaciones en fase de ejecución.Dese traslado de la demanda a la parte demandada, a quien se entregará copia de lamisma y de los documentos acompañados, emplazándola para que la conteste y sepronuncie sobre la pertinencia de celebrar vista en el plazo de DIEZ DÍAS hábiles,computado desde el siguiente al emplazamiento.En el emplazamiento se advertirá a la parte demandada de lo siguiente:- Que si no comparece dentro del plazo indicado, será declarada en situación de rebeldíaprocesal y no se le notificarán más resoluciones que la que declare la rebeldía y la queponga fin al proceso (artículos 496.1 y 497.1 LEC).")- Que la contestación a la demanda deberá verificarse por medio de procuradorlegalmente habilitado para actuar en este tribunal y con asistencia de abogado (artículo23 y 31 de la LECn) salvo que se trate de demandas de reclamación de cantidad inferiora 2000 euros, pudiendo entonces comparecer por sí mismo sin asistencia ni de abogadoni de procurador. En este caso, existen impresos normalizados a su disposición en elJuzgado que podrá emplear para la contestación a la demanda (art. 438.1 párr. 2º).
Madrid, 2 de diciembre de 2022.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA ADELA MORENO BLANCO
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