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Documento BOE-J-2022-539056

VALÈNCIA. Edicto de 5 de diciembre de 2022 en procedimiento en materia social número 584/2021.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 297, de 12 de diciembre de 2022
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE LO SOCIAL - VALENCIA/VALÈNCIA
Referencia:
BOE-J-2022-539056

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Social Nº 1 de Valencia

Dirección: Avenida PROFESSOR LOPEZ PIÑERO (HISTORIADOR DE MEDICINA) 14

Localidad: València

Código Postal: 46013

Provincia: Valencia/València

Teléfono: 961929093

Correo electrónico: vaso01_val@gva.es

PROCEDIMIENTO

Social

Número: 584/2021

RESOLUCIÓN PROCESAL

Sentencia

Fecha: 18/05/2022

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: 5 días Suplicación

DESTINATARIOS

J.R.Y - NIF/NIE: ***5929**

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

EdictoMª JOSÉ NAVARRO MELCHOR, Letrado de la A. de Justicia del Juzgado de lo Social nº uno de los de Valencia Núm Uno de los de ValenciaHAGO SABER: Que en este Juzgado, se siguen autos núm. 000584/2021 a instancias de A. B. S. contra J. R. Y. y FOGASA en la que el día 18/05/2022 se ha dictado resolución cuya parte dispositiva dice: FALLOESTIMAR ÍNTEGRAMENTE la demanda interpuesta por A. B.S frente al empresario J. R. Y. y, en consecuencia: 1) ACUERDO la EXTINCIÓN DE LA RELACIÓN LABORAL que unía al demandante con el demandado POR INCUPLIMIENTO del empresario, a fecha de la presente resolución. 2) CONDENO al demandado a abonar al demandante la cantidad de 8.031,14 € como indemnización por la extinción voluntaria del contrato de trabajo.3) CONDENO al demandado a abonar el importe de los salarios devengados y no abonados desde el día 1 de enero de 2021 hasta el día de la fecha, conforme a los siguientes importes brutos: 1646,69 € hasta octubre de 2021 y 1741,75 € -salario diario 57,26€- desde noviembre de 2021 hasta la actualidad. Todo ello, con imposición de los intereses del art. 29.3 ET. Todo ello con la responsabilidad que legalmente corresponda al FOGASA. Notifíquese la presente Sentencia a las partes haciéndoles saber que la misma no es firme y que contra la presente resolución cabe interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, anunciando tal propósito dentro de los cinco días siguientes a su notificación debiendo haber depositado en la cuenta de depósitos y Consignaciones de este Juzgado el depósito necesario para recurrir, si no ostenta la condición de trabajador, de 300 euros y el importe íntegro de la condena.Estarán exentos de hacer estos ingresos las Entidades Públicas, los que tengan reconocido el beneficio de justicia gratuita o litiguen en razón de su condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad social, aunque si en la sentencia se condenara a la Entidad gestora, ésta quedará exenta del ingreso prevenido en el párrafo anterior, pero deberá presentar ante el Juzgado, al anunciar su recurso, certificación acreditativa de que comienza el abono de la prestación de pago periódico y que lo proseguirá puntualmente durante la tramitación del recurso. Así, por esta mi Sentencia, la pronuncio, mando y firmoY para que conste y sirva de notificación a J. R. Y. y FOGASA, que se encuentran en ignorado paradero, así como para su inserción en el Tablón de anuncios y publicación en el Boletín Oficial del Estado, con la advertencia de que de conformidad con el artículo 59.2 de la LRJS las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la Oficina Judicial, por el medio establecido al efecto, salvo en el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o de decreto cuando ponga fin al proceso o resuelva un incidente o cuando se trate de un emplazamiento, Valencia a, uno de diciembre de dos mil veintidós.Letrada de la A. de Justicia

València, 5 de diciembre de 2022.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA JOSE NAVARRO MELCHOR

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