Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Pamplona
Dirección: Plaza JUEZ ELIO 1
Localidad: Pamplona/Iruña
Código Postal: 31071
Provincia: Navarra
Correo electrónico: juzmerca@navarra.es
Concursal
Número: 155/2021
NIG: 3120147120210000145
Auto
Fecha: 30/11/2022
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
Interesados y acreedores no personados en el concurso voluntario abreviado de INDUSTRIAL ABLITENSE S.A.U. con CIF A31068729
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
EDICTO
El Juzgado de lo Mercantil de Pamplona/Iruña
ANUNCIA
Que en el procedimiento concursal CONCURSO VOLUNTARIO ABREVIADO número 0000155/2021 referente al concursado INDUSTRIAL ABLITENSE S.A.U. con CIF A31068729, y domicilio en CAMINO VIEJO DE CASCANTE, S/N de Ablitas – Navarra- por auto de fecha 30 de noviembre de 2022 se ha acordado la conclusión del concurso, cuya parte dispositiva dice asi:
PARTE DISPOSITIVA
DECIDO:
1º.- Acordar la conclusión del concurso de acreedores de la entidad INDUSTRIAL ABLITENSE S.A.U., con CIF A31068729 y archivo del presente procedimiento cesando todos los efectos de la declaración del concurso sin perjuicio de su posible reapertura.
2º.- Se acuerda el cese en su cargo de la Administración Concursal y se declaran aprobadas las cuentas rendidas, por la misma.
Conforme a lo dispuesto en art. 479.6 TRLC “A la sección segunda se unirá un testimonio de la resolución que decida sobre la rendición de cuentas”, llévese testimonio de la presente resolución a la Sección Segunda.
3º.- Inscríbase la presente resolución en la hoja abierta a la referida sociedad en el Registro Mercantil de Navarra, inscrita al Tomo 710, Folio 132, Hoja NA-6919. A tal fin expídase mandamiento a dicho Registro Público con expresión de la firmeza de esta resolución.
4º.- Acordar la extinción de la referida sociedad y disponer el cierre de su hoja de inscripción en el Registro Mercantil de Navarra, a cuyo efecto expídase Mandamiento al Registro Mercantil de Navarra con expresión de su firmeza, comprensivo de los datos de identificación y parte dispositiva.
5º.- Dése publicidad a la presente resolución mediante publicación por este Juzgado en el Registro Público Concursal.
6º.- Remítase esta resolución, por medio de edicto, directa y telemáticamente por este Juzgado al Tablón Edictal Judicial Único (TEJU), conforme dispone el Real Decreto 327/2021, de 11 de mayo, por el que se modifica el Real Decreto 181/2008, de 8 de febrero, de ordenación del diario oficial “Boletin Oficial del Estado”, para su publicación electrónica en el TEJU.
Comuníquese a todos los Juzgados de 1ª Instancia y Social de Pamplona con el fin de que se ponga en conocimiento la conclusión del presente concurso a los efectos de los artículos 483 y siguientes TRLC.
RECURSO.- Contra el presente auto no cabe recurso alguno (art. 481.1 del texto refundido de la Ley Concursal reformado por Ley 16/2022, de 5 de septiembre –disposición transitoria primera. 2. Los concursos declarados antes de la entrada en vigor por la presente ley se regirán por lo establecido en la legislación anterior 3. Por excepción a lo establecido en el apartado anterior, se regirán por la presente ley: ..8º Los recursos a interponer contra las resoluciones del juez del concurso dictadas después de su entrada en vigor).
Así lo acuerda y firma S.Sª. Iltma., doy fe.
EL/LA Magistrado
EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
En Pamplona/Iruña , a 01 de diciembre del 2022
EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Pamplona/Iruña, 5 de diciembre de 2022.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ENRIQUE SANCHEZ SANCHEZ
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