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Documento BOE-J-2022-538267

MADRID. Edicto de 5 de diciembre de 2022 en procedimiento concursal número 115/2021.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 297, de 12 de diciembre de 2022
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - MADRID
Referencia:
BOE-J-2022-538267

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 17 de Madrid

Dirección: Calle GRAN VÍA 52

Localidad: Madrid

Código Postal: 28013

Provincia: Madrid

Teléfono: 917201073

Correo electrónico: mercantil17@madrid.org

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 115/2021

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 07/11/2022

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

Acreedores de Dña. Judith Mateo Anula

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

AUTO

EL/LA JUEZ / MAGISTRADO/A JUEZ QUE LA DICTA: Dña. SOFIA GILGARCIA.Lugar: Madrid.Fecha: 07 de noviembre de 2022.

HECHOS

ÚNICO.- En el presente Juzgado se tramita el procedimiento de Concurso Abreviadonúm.115/2021 en el que interviene como concursada D.ª Judith Mateo Anula.

En fecha 17 de mayo de 2022 se presentó propuesta de convenio.Requerido de subsanación, y tras la presentación de los textos definitivos quedaron los autos pendientes de resolver.

RAZONAMIENTOS JURÍDICOS

ÚNICO.- Admisión

De conformidad con la Disposición Transitoria Primera de la Ley 16/2022, de 5 de septiembre, en tanto que en el momento de entrada en vigor ya se había presentado la propuesta de convenio, será de aplicación el régimen anterior.- arts. 333 TRLC y siguientes-

.El art. 337 TRLC dispone que el concursado podrá presentar propuesta de convenio,acompañada o no de las adhesiones que considere conveniente, junto con la solicitud dedeclaración de concurso o en cualquier momento posterior siempre que no hayan transcurrido quince días a contar desde la presentación del informe de la administración concursal.

De conformidad con los arts. 342 y 343 TRLC procede admitir a trámite la propuesta deconvenio presentada por la concursada.

En relación con la adhesión, el art. 355 TRLC dice que la adhesión o la oposición a lapropuesta de convenio habrá de efectuarse por escrito con firma ológrafa o electrónica basada en un certificado cualificado que se entregará o remitirá a la administraciónconcursal con acreditación de la identidad del firmante y, en su caso, de las facultades representativas que tuviere.

Los acreedores podrán adherirse u oponerse a la propuesta o propuestas de convenio durante los dos meses siguientes a contar desde la fecha de la admisión a trámite, es decir, de la fecha de la presente resolución.

PARTE DISPOSITIVA

ADMITO a trámite la propuesta de convenio presentada por la concursada.

Este auto no es firme y contra el mismo cabe interponer recurso de reposición en elplazo de cinco días conforme el art. 345 TRLC.

Dése traslado a la Administración Concursal para que proceda a la evaluación de lapropuesta en el plazo de diez días, de conformidad con el art. 347 TRLC.

Comuníquese a los acreedores.

Así lo acuerda, manda y firma, Sofia Gil García, Magistrada del Juzgado Mercantil núm.17 de Madrid.

Madrid, 5 de diciembre de 2022.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, GUSTAVO ADOLFO CARASA ANTON

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