Juzgado de Primera Instancia Nº 17 de Málaga
Dirección: Calle FISCAL LUIS PORTERO GARCÍA S/N
Localidad: Málaga
Código Postal: 29010
Provincia: Málaga
Teléfono: 951938291
Correo electrónico: jinstancia.17.malaga.jus@juntadeandalucia.es
Civil
Número: 226/2022
Diligencia
Fecha: 12/09/2022
Objeto de la publicación edictal:
Emplazamiento. Plazo: 10 dias
FRANCISCO JAVIER GONZALEZ MAIRENA - NIF/NIE: ***8812**
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
E D I C T O
CEDULA DE EMPLAZAMIENTO Y NOTIFICACION
En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:
CÉDULA DE EMPLAZAMIENTO PARA EL DEMANDADO
TRIBUNAL QUE ORDENA EMPLAZAR: JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 17 DE MÁLAGA.
ASUNTO EN QUE SE ACUERDA: El arriba referenciado.
PERSONA A LA QUE SE EMPLAZA: FRANCISCO JAVIER GONZALEZ MAIRENA en concepto de parte demandada.
Domicilio: C/ Pilarejo, s/n, de la Estación de Cártama (Málaga) 29580
OBJETO DEL EMPLAZAMIENTO: Comparecer en el juicio expresado, para contestarla demanda en el plazo de DIEZ DÍAS. Se acompaña copia de la demanda, de los documentos acompañados y de la resolución de admisión de aquella.
LUGAR EN QUE DEBE COMPARECER: En la sede de este Tribunal
PLAZO PARA COMPARECER: DIEZ DÍAS HÁBILES a contar desde el siguiente al de este emplazamiento.
PREVENCIONES LEGALES
1).- Si no comparece dentro del plazo indicado, será declarado en situación de rebeldía procesal y no se le notificarán más resoluciones que la que declare la rebeldía y la que ponga fin al proceso (arts. 496 y 497 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil)
2).- Si pretende solicitar la designación de abogado, procurador o ambos profesionales, deberá realizarlo también en el plazo de TRES DÍAS hábiles.
3).- Que están a su disposición en la Oficina Judicial impresos normalizados que puede emplear para contestar a la demanda.
4).- La parte actora comparecerá asistida de abogado y procurador. Si usted se propone comparecer con los mismos profesionales, deberá comunicarlo a esta oficina judicial en el plazo de TRES DÍAS hábiles desde que se le notifique la demanda.
5).- Si carece de recursos económicos, puede solicitar el reconocimiento del derecho a la asistencia jurídica gratuita en el mismo plazo de tres días
6).- Contestar por escrito en el plazo de diez días hábiles conforme dispone el artículo 438 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, bajo apercibimiento que si no compareciere en el plazo otorgado se le declararé en situación de rebeldía procesal conforme dispone el artículo 496.1 de la LEC.
Deberán estar dirigidos por abogados habilitados y Procuradores que le representes para ejercer su profesión en el tribunal que conozca del asunto. No podrá proveerse a ninguna solicitud que no lleve la firma de abogado. Se exceptúan los juicios verbales cuya cuantía no exceda de 2000 euros.
Si pretendiera solicitar el reconocimiento de asistencia jurídica gratuita o interesar la designación de abogado y procurador de oficio, deberá efectuarlo dentro de los TRES DIAS siguientes al de la práctica del requerimiento. Si la solicitud se realizara en un momento posterior, la falta de designación de abogado y procurador por los colegios profesionales no suspenderá la celebración del juicio, salvo en los supuestos contemplados en el párrafo segundo del artículo 16 de la Ley 1/1996, de 10 de enero, de Asistencia Jurídica Gratuita.
El demandado podrá oponer en la contestación a la demanda un crédito compensable, siendo de aplicación lo dispuesto en el artículo 408 de la LEC. Si la cuantía de dicho crédito fuese superior a la que determine que se siga el juicio verbal, el tribunal tendrá por no hecha tal alegación en la vista, advirtiéndolo así al demandado, para que use de su derecho ante el tribunal y por los trámites que correspondan.
El demandado, en su escrito de contestación, deberá pronunciarse necesariamente, sobre la pertinencia de la celebración de la vista. Igualmente, el demandante deberá pronunciarse sobre ello, en el plazo de tres días desde el traslado del escrito de contestación. Si ninguna de las partes la solicitase y el tribunal no considerase procedente su celebración, dictará sentencia sin más trámites.
En todo caso, basta con que una de las partes lo solicite para que el Letrado de la Administración de Justicia señale día y hora para su celebración, dentro de los cinco días siguientes. No obstante, en cualquier momento posterior, previo a la celebración de la vista, cualquiera de las partes podrá apartarse de su solicitud por considerar que la discrepancia afecta a cuestión o cuestiones meramente jurídicas. En este caso se dará traslado a la otra parte por el plazo de tres días y, transcurridos los cuales, si no se hubiere formulado alegaciones o manifestado oposición, quedarán los autos conclusos para dictar sentencia si el tribunal así lo considera.
Debe comunicar a este tribunal cualquier cambio de domicilio que se produzca durante la sustanciación de este proceso (artículo 155.5 párrafo primero de la LEC).
En MALAGA, a veinte de abril de dos mil veintidós.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Málaga, 30 de noviembre de 2022.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ROSA MARIA COLMENERO DIAZ
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid