Juzgado de Primera Instancia Nº 17 de Málaga
Dirección: Calle FISCAL LUIS PORTERO GARCÍA S/N
Localidad: Málaga
Código Postal: 29010
Provincia: Málaga
Teléfono: 951938291
Correo electrónico: AtPublico.JInstancia.17.Malaga.JUS@juntadeandalucia.es
Civil
Número: 1086/2021
Diligencia
Fecha: 23/03/2022
Objeto de la publicación edictal:
Citación. Plazo: 5 dias
COL-SERVICOL, S.L - Nº *****8211**
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
Procedimiento: Procedimiento Ordinario 1086/2021. Negociado: 6
Sobre: JUICIO ORDINARIO- RECLAMACION DE CANTIDAD.-
De: D/ña. ANTONIO MARQUEZ CABALLERO
Procurador/a Sr./a.: MARIA DEL MAR LEDESMA ALBA
Letrado/a Sr./a.: ARTURO JAVIER APONTE HERRERA
Contra D/ña.: COL-SERVICOL SL
Procurador/a Sr./a.:
Letrado/a Sr./a.:
DILIGENCIA DE ORDENACION DEL LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN
DE JUSTICIA SR/A.D/Dª ROSA MARÍA COLMENERO DÍAZ
En MALAGA, a veintitrés de marzo de dos mil veintidós.
No habiendo comparecido la parte demandada, COL-SERVICOL SL, dentro del plazo para
contestar a la demanda que se le ha otorgado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo
496.1 de la L.E.C., se declara a dicha parte en situación de rebeldía procesal.
Según lo previsto en el artículo 497.1 de la L.E.C., por ser conocido el domicilio de la parte
demandada, notifíquesele esta resolución por correo certificado con acuse de recibo,
advirtiéndole que no se llevará a cabo ninguna otra excepto la de la resolución que ponga fin
al proceso.
Cumplidos los plazos y trámites previstos en el artículo 414.1 de la L.E.C. y en virtud de lo
dispuesto en el mismo, se convoca a las partes a la audiencia previa al juicio, para:
1. Intentar un acuerdo o transacción entre las mismas.
2. Examinar, en su caso, las cuestiones procesales que puedan obstar a la prosecución del
proceso y a su terminación mediante una sentencia sobre su objeto.
3. Fijar con precisión el objeto del proceso y los extremos de hecho y de derecho, sobre los
que exista controversia.
4. Proponer y admitir prueba, en su caso.
5. Examinar las cuestiones que, con carácter excepcional prevé la ley, puedan plantearse en
la misma.
Se señala para la celebración de la audiencia el próximo día 22 DE FEBRERO DE 2023 A
LAS 12:00 HORAS, en la sede de este tribunal, citándose a las partes con las prevenciones
que seguidamente se indican:
- Las partes habrán de comparecer en la audiencia asistidas de abogado.
- Si las partes no comparecen personalmente, sino a través de sus procuradores, deberán
otorgar a estos poder para renunciar, allanarse o transigir.
- Si no comparecieran personalmente ni otorgaren el apoderamiento expresado se les tendrá
por no comparecidos (artículo 414. 2 de la L.E.C.).
- Si no comparece a la audiencia ninguna de las partes, se dictará decreto de sobreseimiento
del proceso, ordenándose el archivo de las actuaciones (artículo 414.3 de la L.E.C.).
- Si sólo comparece la parte demandada y ésta no alegare interés legítimo en que continúe el
procedimiento, también se sobreseerá el proceso (artículo 414.3 de la L.E.C.).
- Si fuera la parte demandada la que no concurriere a la audiencia, el acto se entenderá sólo
con el actor (artículo 414.3 de la L.E.C.).
Código Seguro De
Verificación:
8Y12VW2XRC4ERGT5776YPD7YBK9MP2 Fecha 23/03/2022
Firmado Por ROSA MARIA COLMENERO DIAZ
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Es copia auténtica de documento electrónico
- Si faltare a la audiencia el abogado de la parte actora, se sobreseerá el proceso, salvo que la
parte demandada alegara interés legítimo en la continuación del procedimiento ( artículo
414.4 de la L.E.C.).
- Si faltare el abogado de la parte demandada, se seguirá la audiencia con el demandante en
lo que resultare procedente (artículo 414.4 de la L.E.C.).
Se solicita a las partes con el fin de facilitar la labor de este Juzgado, que en la Audiencia
Previa aporten NOTA DE PRUEBA sin perjuicio de la modificación que pudieran hacer
durante la celebración de la audiencia.
Los apoderamientos “apud acta” que se pretendan realizar en el acto de la vista, deberán
verificarse en la Oficina de este Juzgado con carácter previo a la celebración de la misma.
Se informa a las partes de que pueden recurrir a una negociación para intentar
solucionar el conflicto, incluido el recurso a una mediación, pudiendo interesar la
suspensión del procedimiento a tal fin.
La audiencia previa señalada se celebrará sin la presencia del/la Sr/a Letrado/a de la
Administración de Justicia, pudiendo las partes solicitar al menos dos días antes de la
celebración de la audiencia la presencia del/a mismo/a en la sala, de conformidad con lo
establecido en el artículo 147 de la L.E.C.
MODO DE IMPUGNACIÓN: Recurso de reposición en el plazo de cinco días, desde su
notificación, ante el/la Letrado/a de la Administración de Justicia que la dicta.
Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA,
"La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal
que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las
víctimas o perjudicados, cuando proceda.
Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes."
Código Seguro De
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Málaga, 1 de diciembre de 2022.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ROSA MARIA COLMENERO DIAZ
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