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Documento BOE-J-2022-531850

PARLA. Edicto de 28 de noviembre de 2022 en procedimiento civil número 399/2020.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 292, de 6 de diciembre de 2022
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN - MADRID
Referencia:
BOE-J-2022-531850

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado Mixto nº 01 de Parla

Dirección: C/ Juan Carlos I, 17

Localidad: Parla

Código Postal: 28980

Provincia: Madrid

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 399/2020

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 02/09/2022

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: 20 días

DESTINATARIOS

ALONSO OLIVO, ENRIQUE - Nº ***5352**

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

EDICTO Hace saber: 1.- Que en el Concurso consecutivo 399/2020, con Número de Identificación General del procedimiento 28.106.00.2-2020/0003897, por auto de fecha 02/09/2022, se ha declarado en concurso voluntario, a D./Dña. ENRIQUE ALONSO OLIVO, con n° de identificación 11853523-J, y domiciliado en C/ De las Artes N° 28, Portal 2B, 1°10, de Pinto. 2.- Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en el artículo 85 de la LC, en el plazo de un mes, desde la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 3.- Que el deudor queda suspendido en sus facultades de administración y disposición de su patrimonio, sustituido por la Administración concursal 4.- La identidad de la Administración concursal es CONVENIA PROFESIONAL SLP, con domicilio postal en Plaza de Celenque N° 1, 3° Izquierda de Madrid, y dirección electrónica enriquealonso@convenia.es, recayendo su representación en D. Rafael Martín Rueda, ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la LC, en cualquiera de las dos direcciones. 5.- Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado. 6.- Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, es www.publicidadconcursal.es 7.- Que se ha procedido a la apertura de la fase de Liquidación del concurso en los términos previstos en el artículo 191 ter de la LC. EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Parla, 28 de noviembre de 2022.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA CALVACHE LOPEZ

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