Contido non dispoñible en galego
Juzgado de Primera Instancia Nº 1 de San Bartolomé de Tirajana
Dirección: Urbanización CAMPO INTERN. MASPALOMAS 33
Localidad: San Bartolomé de Tirajana
Código Postal: 35290
Provincia: Las Palmas
Teléfono: 928723201
Civil
Número: 669/2021
NIG: 3501942120210003414
Diligencia
Fecha: 25/11/2022
Objeto de la publicación edictal:
Notificación. Plazo: diez días
KREDITECH SPAIN S.L. - NIF/NIE: ****9525*
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
De la tasación de costas practicada en estos autos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 244 de la L.E.C., dése traslado a las partes por plazo común de DIEZ DÍAS, con la advertencia de que ya no se admitirá la inclusión o adición de partida alguna, reservando a los interesados su derecho para reclamarlo de quien y como corresponda.Dentro del plazo señalado, podrá impugnarse la tasación practicada:Por la parte condenada, basada en la inclusión de partidas, derechos o gastos indebidos, pero en cuanto a los honorarios de los abogados, peritos o profesionales no sujetos a arancel, también podrá impugnarse la tasación alegando que el importe de dichos honorarios es excesivo (artículo 245.2 de la L.E.C.).La parte favorecida, podrá impugnarla por no haberse incluido gastos que estime debidamente justificados y reclamados. También podrá fundar su reclamación en no haberse incluido la totalidad de la minuta de honorarios de su abogado, o de perito, profesional o funcionario no sujeto a arancel o no haberse incluido correctamente los derechos de su procurador (artículo 245.3 de la L.E.C.).En todo caso, en el escrito de impugnación habrán de mencionarse las cuentas o minutas y las partidas concretas a que se refiera la discrepancia y las razones de ésta. En otro caso, no se admitirá a trámite la impugnación (artículo 245.4 de la L.E.C.).
TASACIÓN DE COSTASQue practica el/la Letrado/a de la Administración de Justicia que suscribe, conforme a lo dispuesto en el artículo 243 de la Ley de Enjuiciamiento Civil en el procedimiento de Procedimiento ordinario nº 0000669/2021, seguidos a instancia de D./Dña. MONICA TRUJILLO RODRIGUEZ, representado/a por el/la Procurador/a D./Dña. MARIA CRISTINA FERNANDEZ-SANZ ALVAREZ, contra D./Dña. KREDITECH SPAIN SL, representado/a por el/la Procurador/a D./Dña. Desconocido.Tipo de procedimiento: Procedimiento ordinario.Cuantía del procedimiento: IndeterminadaCostas a favor de la parte: D./Dña. MONICA TRUJILLO RODRIGUEZ.Parte condenada en costas: D./Dña. KREDITECH SPAIN SL.HONORARIOS DEL/DE LA ABOGADO/A D./Dña. ROBERTO MORALES ALVAREZ-HEVIAHonorarios criterio 351.374eurosIGIC (7%)288,54eurosSubtotal Letrado/a1662,54eurosSUPLIDOS Y DERECHOS DEL/DE LA PROCURADOR/A D./Dña. MARIA CRISTINA FERNANDEZ-SANZ ALVAREZ.DERECHOS:Por cuantía, artículo 1260,00eurosArtículo 1.426,00euros1Tasación de costas, artículo 522,29eurosIVA 21%64,74eurosSubtotal Derechos373,03eurosNo ha lugar a incluir la partida relativa a copias por no guardar correspondencia la cantidad que se reclama con el importe arancelario.Importa la presente tasación de costas, S.E. U O., la cantidad de 2.035,57 eurosEn San Bartolomé de Tirajana, a 24 de noviembre de 2022.
San Bartolomé de Tirajana, 29 de noviembre de 2022.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, GUILLERMO HERRERA HERNANDEZ
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