Juzgado de Primera Instancia Nº 4 de San Cristóbal de la Laguna
Dirección: Plaza DEL ADELANTADO S/N
Localidad: San Cristóbal de la Laguna
Código Postal: 38200
Provincia: Santa Cruz de Tenerife
Teléfono: 922924280
Civil
Número: 370/2022
NIG: 3802342120210010159
Decreto
Fecha: 24/11/2022
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
IGNORADOS OCUPANTES DE CALLE STA. ÚRSULA 22, PORTAL 22, DE LA LAGUNA
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
DECRETOEn San Cristóbal de La Laguna, a 24 de noviembre de 2022.ANTECEDENTES DE HECHOÚNICO.- En las presentes actuaciones se ha dictado auto con orden general de ejecución definitiva de fecha 24 de noviembre de 2022, a favor del ejecutante D./Dña. DIVARIAN PROPIEDAD S.A., y frente a IGNORADOSOCUPANTES, parte ejecutada.FUNDAMENTOS DE DERECHOPRIMERO.- Dispone el artículo 703.1 de la L.E.C., que si el título dispusiere la transmisión o entrega de un bien inmueble, una vez dictado el auto autorizando y despachando la ejecución, el Letrado de la Administración de Justicia responsable de la misma, ordenará de inmediato lo que proceda según el contenido de la condena y, en su caso, dispondará lo necesario para adecuar el Registro al título ejecutivo, por lo que en el caso analizado procede acordar de inmediato las medidas que se especifican en la parte dispositiva de esta resolución.SEGUNDO.- El párrafo 4 del artículo 549 de la LEC, modificado por la Ley 19/2009, de 23 de noviembre de medidas de fomento y agilización procesal del alquiler y de la eficiencia energética de los edificios, establece que el plazo de espera legal al que se refiere el artículo 548 no será de aplicación en la ejecución de resoluciones de condena de desahucio por falta de pago de rentas o cantidades debidas, o por expiración legal o contractual del plazo, que se regirá por lo previsto en tales casos. En el presente caso se cumplen las circunstancias señaladas por lo que procede ordenar el lanzamiento del demandado en la fecha fijada.PARTE DISPOSITIVAProcédase al lanzamiento de D./Dña. IGNORADOSOCUPANTES, de la vivienda y/o local sito1 en la calle Prolongacion Santa Ursula nº22 portal 22, San Cristóbal de La Laguna, el día 16 de diciembre de 2022 a las 9:30 horas de la mañana, librándose al efecto el oportuno mandamiento al Sr. Funcionario del Cuerpo de Auxilio Judicial de este órgano judicial y/o Servicio Común de Notificaciones y Embargos, para que, asistido del Funcionario del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa, procedan a su ejecución.Requerir al demandado, a fin de que, con carácter previo a la fecha señalada para el lanzamiento, retire los bienes muebles que no hayan sido objeto del contrato de arrendamiento bajo apercibimiento de que, en caso de no verificarlo, se considerarán bienes abandonados a todos los efectos.Se ha autorizado por el Tribunal para cuando fuera necesario por encontrarse cerrado el inmueble o no consentirse la entrada, que la misma se lleve a cabo adoptando las medidas que fueran necesarias recabando incluso el auxilio de la fuerza pública.El presente decreto se notificará en la forma dispuesta en el auto que autoriza la ejecución.MODO DE IMPUGNACIÓN: recurso de reposición en el plazo de cinco días ante este/a Letrado/a de la Administración de Justicia.Así lo acuerdo y firmo D./Dña. JUAN MANUEL PÉREZ RAMOS, de Juzgado de Primera Instancia Nº 4 (Antiguo mixto Nº 4). Doy fe. EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
San Cristóbal de la Laguna, 28 de noviembre de 2022.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, JUAN MANUEL PEREZ RAMOS
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