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Documento BOE-J-2022-528276

LLEIDA. Edicto de 29 de noviembre de 2022 en procedimiento concursal número 255/2022.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 289, de 2 de diciembre de 2022
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA - LLEIDA
Referencia:
BOE-J-2022-528276

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de Primera Instancia Nº 6 de Lleida

Dirección: Calle CANYERET 1

Localidad: Lleida

Código Postal: 25007

Provincia: Lleida

Teléfono: 973700126

Correo electrónico: instancia6-mercantil.lleida@xij.gencat.cat

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 255/2022

NIG: 2512047120228007141

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 28/11/2022

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

A los acreedores e interesados en el concurso consecutivo de Jaume Cases Baldoma

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

Se ha dictado un auto cuya parte dispositiva es del literal siguiente:

Declarar finalizada la FASE COMÚN del concurso núm. 255/22

Consta ya abierta la fase de LIQUIDACIÓN, con Sección 5ª

Se declaran vencidos los créditos concursales aplazados, y la conversión en dinero, de aquellos que consistan en otra prestación.

Requiérase a la administración para que, en el plazo de 15 días desde la notificación de esta resolución, presente ante este Juzgado, un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concurso, de conformidad con el art. 416 del TRLCON.

De haberlo presentado ya, deberá indicar cuando a efectos de notificación a las partes personadas para el plazo de alegaciones al mismo.

Siendo el concursado persona física, se extingue el derecho de alimentos con cargo a la masa activa, que NO incluye la parte del salario por cuenta ajena que pueda recibir en la cuantía del SMI al no ser embargable y no formar por tanto parte de la masa activa

Comuníquese así mismo al Registro de la Propiedad de Lleida, a los efectos oportunos, haciéndose mención expresa de la realización de las publicaciones a que se refiere el art. 35 y siguientes del TRLCON y una vez esta resolución sea firme y con expresa manifestación de esta firmeza.

Líbrense al Procurador de la parte solicitante los correspondientes mandamientos para la práctica inmediata de lo aquí acordado.

Se ordena colocar el edicto informativo de esta resolución en el Tablón de anuncios de este Juzgado de Primera Instancia núm. 6 con competencia Mercantil de Lleida, así como notificar a la administración concursal, al concursado y a las demás partes personadas el contenido del mismo; así como su publicación en el BOE.

RÉGIMEN DE RECURSOS. Conforme al articulo 547.1 de la LCON, este auto NO sería apelable, ahora bien, como se dictó la apertura de la liquidación con el mismo auto que declaraba el concurso, sí tendrá la consideración de apelación más próxima a los solos efectos de las cuestiones planteadas en los recursos de reposición o incidentes concursales durante la fase común a que se refiere el art. 547.2 de la LCON.

Lleida, 29 de noviembre de 2022.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ANTONIO JOSE CASAS CAPDEVILA

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