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Documento BOE-J-2022-528270

LLEIDA. Edicto de 28 de noviembre de 2022 en procedimiento concursal número 336/2022.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 289, de 2 de diciembre de 2022
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA - LLEIDA
Referencia:
BOE-J-2022-528270

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de Primera Instancia Nº 6 de Lleida

Dirección: Calle CANYERET 1

Localidad: Lleida

Código Postal: 25007

Provincia: Lleida

Teléfono: 973700126

Correo electrónico: instancia6-mercantil.lleida@xij.gencat.cat

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 336/2022

NIG: 2512047120228008857

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 24/11/2022

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

A los acreedores e interesados en el concurso consecutivo de Judith Espax Botey

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

Se ha dictado un auto cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Declarar finalizada la FASE COMÚN del concurso núm. 336/222.

Consta ya abierta la fase de LIQUIDACIÓN, con Sección 5ª

NO procede aprobación de plan de liquidación al no haber bienes y derechossusceptibles de realización.

NO procede la apertura de la Sección Sexta de “calificación del concurso”, alinformar la AC que no se prevé la declaración de culpabilidad, ni existen indicios deresponsabilidad de terceros, y de acciones de reintegración.

ORDENO colocar el edicto informativo de esta resolución en el Tablón de anunciosde este Juzgado de Primera Instancia núm. 6 con competencia Mercantil de Lleida,así como notificar a la administración concursal, al concursado y a las demás partespersonadas el contenido del mismo.

Requiero a la AC para que presente, en su caso, escrito de conclusión del concursopor falta de masa activa, así como la oportuna rendición de cuentas, todo en el plazode 10 días. Deberá, además, concretar la suma del crédito privilegiado y créditocontra la masa está aún pendiente de pago, a los efectos de determinar el perímetrodel BEPI en su caso.

RÉGIMEN DE RECURSOS. Conforme al artículo 547.1 de la LCON, este auto NO seríaapelable, ahora bien, como se dictó la apertura de la liquidación con el mismo auto que declaraba el concurso, sí tendrá la consideración de apelación más próxima a los solosefectos de las cuestiones planteadas en los recursos de reposición o incidentesconcursales durante la fase común a que se refiere el art. 547.2 de la LCON.

Lleida, 28 de noviembre de 2022.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ANTONIO JOSE CASAS CAPDEVILA

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