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Documento BOE-J-2022-528134

MADRID. Edicto de 28 de noviembre de 2022 en procedimiento concursal número 480/2022.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 289, de 2 de diciembre de 2022
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - MADRID
Referencia:
BOE-J-2022-528134

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 12 de Madrid

Dirección: Calle GRAN VÍA 52

Localidad: Madrid

Código Postal: 28013

Provincia: Madrid

Teléfono: 914930518

Correo electrónico: mercantil12@madrid.org

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 480/2022

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 23/11/2022

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

D. Sergio Martín Garrote con dni 05268225Y y Dña. Ana María Nuñez con identificación Y0748761X

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

Hace saber:

1.- Que en el Concurso consecutivo 480/2022, con Número de Identificación General del procedimiento 28.079.00.2-2022/0388387, por auto de fecha 23/11/2022, se ha declarado en concurso a D. SERGIO MARTIN GARROTE con DNI 05268225Y y Dña. ANA MARIA NUÑEZ, con nº de identificación Y0748761X, y domiciliados en PLAZA: de la Alegría, nº 4 Esc/Piso/Prta: 3ºB C.P.:28500 Arganda del Rey (Madrid)

2.- Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en el artículo 255 TRLC, en el plazo de un mes, desde la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

3.- Que el deudor queda suspendido en sus facultades de administración y disposición de su patrimonio, sustituido por la Administración concursal

4.- La identidad de la Administración concursal es APLUS ABOGADOS Y ECONOMISTAS S.L.P, con domicilio postal en C/ Toledo 126/128, y dirección electrónica info@aplusae.es, ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 255 TRLC, en cualquiera de las dos direcciones.

5.- Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado.

6.- Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, es

www.publicidadconcursal.es

Madrid, 28 de noviembre de 2022.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, LUIS ESPINOSA NAVARRO

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