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Documento BOE-J-2022-528129

MADRID. Edicto de 28 de noviembre de 2022 en procedimiento concursal número 387/2022.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 289, de 2 de diciembre de 2022
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - MADRID
Referencia:
BOE-J-2022-528129

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 13 de Madrid

Dirección: Calle GRAN VÍA 52

Localidad: Madrid

Código Postal: 28013

Provincia: Madrid

Teléfono: 917043516

Correo electrónico: mercantil13@madrid.org

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 387/2022

NIG: 2807900220220392488

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 02/11/2022

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

Interesados en el concurso de Dña Elena Gala Moreno

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

1.- Que en el concurso ordinario 387/2022, con Número de Identificación General del procedimiento 28.079.00.2-2022/0392488, por auto de fecha 02/11/2022, se ha declarado en concurso voluntario, a Dña. ELENA GALA MORENO, con nº de D.N.I 00382262W, y domiciliada en Avda. de Juan Pablo II, nº 24, 1º A de Paracuellos de Jarama (Madrid).

2.- Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en el artículo 255 del TRLC, en el plazo de un mes, desde la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

3.- Remítase esta resolución, de forma telemática, al Boletín Oficial del Estado para su publicación en el suplemento del tablón edictal judicial único, y publíquese en el Registro Público Concursal con llamamiento al acreedor o a los acreedores querepresenten, al menos, el 5% del pasivo a fin de que, en el plazo de QUINCE DÍAS a contar del siguiente a la publicación del edicto, puedan solicitar el nombramiento de un administrador concursal para que presente e informe razonado y documentado sobre los extremos (art. 37 ter) TRLC.

4.-Transcurrido el mentado plazo sin que ningún legitimado haya formulado tal solicitud, al ser el deudor persona natural, podrá presentar, en el plazo de los 5 días siguientes, solicitud de exoneración del pasivo insatisfecho.

5.- Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado.

6.- Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, eswww.publicidadconcursal.es

Madrid, 28 de noviembre de 2022.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, LUIS ESPINOSA NAVARRO

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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid