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Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Castellón de la Plana
Dirección: Bulevar BLASCO IBAÑEZ 10
Localidad: Castelló de la Plana
Código Postal: 12003
Provincia: Castellón/Castelló
Teléfono: 964621448
Correo electrónico: casmerca01_cas@gva.es
Concursal
Número: 659/2022
NIG: 1204066120220000705
Auto
Fecha: 23/11/2022
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
A todos los interesados y acreedores de "PESFASA PATRIMONIAL S.L.", con C.I.F. número B12547105.
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
PRIMERO: Que por Auto de fecha 23/11/2022, dictado en el procedimiento de CONCURSO [CNO], nº000659/2022, N.I.G. nº 12040-66-1-2022-0000705, seguido en este Juzgado, se ha declarado en CONCURSO VOLUNTARIO al deudor "PESFASA PATRIMONIAL S.L.", domiciliado en CAMINO VIEJO DEL MAR,182 CASTELLÓN DE LA PLANA y C.I.F. número B12547105.
SEGUNDO: Que se ha designado como Administrador Concursal a D. JUAN FRANCISCO TEJERO ALDOMAR, con domicilio en Calle Gregorio Mayans, nº3, pta4 de VALENCIA, CP 46005 y dirección electrónica concursopesfasa@gmail.com, a través de los cuales podrán los acreedores, a su elección, efectuar la comunicación de sus créditos, de conformidad con el artículo 2 y ss TRLC.
TERCERO: La comparecencia en el procedimiento, mediante escrito al efecto dirigido a este Juzgado, deberá realizarse mediante representación por Procurador/a y asistencia de Letrado/a, sin perjuicio de lo previsto para la representación y defensa de los trabajadores y de las Administraciones Públicas.
CUARTO:
La parte dispositiva del Auto expresa:
- FACULTADES PATRIMONIALES DEL DEUDOR Y DE SUS ÓRGANOS DE ADMINISTRACIÓN. El concursado conservará las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención de la administración concursal, mediante su autorización o conformidad.
- PRESENTACIÓN DEL INFORME POR LA ADMINISTRACIÓN CONCURSAL. La administración concursal cuenta con un plazo de DOS MESES desde su aceptación para la presentación del informe provisional previsto en el art. 290 TRLC. En caso de solapamiento de plazos, estése a lo dispuesto en el art. 291 TRLC.
- LLAMAMIENTO DE LOS ACREEDORES. Se llama a los acreedores de la persona concursada para que pongan en conocimiento de la administración concursal, en la forma establecida en el artículo 255 a 258 TRLC, los créditos que tengan contra el deudor. La existencia de los créditos deberá comunicarse en el plazo de UN MES a contar desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial del Estado de la declaración de concurso, conforme a lo dispuesto en los artículos 28.1.4º, 35.1º y 255 TRLC. La comunicación se formulará por escrito firmado, y podrá dirigirse a la dirección electrónica o postal facilitada por la administración concursal. No producirá efectos la comunicación de créditos realizada directamente al Juzgado. La eventual personación de un acreedor o de cualquier otro legitimado en el procedimiento requiere el cumplimiento de los requisitos establecidos al efecto por el artículo 509 a 514 TRLC.
- EFECTOS PROCESALES DE LA DECLARACIÓN DEL CONCURSO. La presente declaración de concurso voluntario la fase común del concurso, produce efectos inmediatos y será ejecutivo aunque no sea firme
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Castelló de la Plana, 29 de noviembre de 2022.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA DE LAS MERCEDES CHECA MOYA
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