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Documento BOE-J-2022-524306

TORRIJOS. Edicto de 25 de noviembre de 2022 en procedimiento civil número 80/2022.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 287, de 30 de noviembre de 2022
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN - TOLEDO
Referencia:
BOE-J-2022-524306

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 4 de Torrijos

Dirección: Avenida PILAR s/n

Localidad: Torrijos

Código Postal: 45500

Provincia: Toledo

Teléfono: 925764966

Correo electrónico: joseluis.benitoblas@justicia.es

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 80/2022

NIG: 4517341120220000245

RESOLUCIÓN PROCESAL

Sentencia

Fecha: 22/09/2022

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

CARLOS RODRIGUEZ - NIF/NIE: ***0458**

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

En Torrijos, a 22 de septiembre de 2022.

En nombre de Su Majestad el Rey

El Ilmo. Sr. D. Fernando Campoamor Nuero, Magistrado titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 de Torrijos, ha visto los autos de juicio verbal número 80/2022, de reclamación de cantidad, en los que aparecen como demandante LÍMITE 24, S.L., representada por la Procuradora Dña. Cintia Leonor Velázquez Carrasco y asistida por el Abogado D. Alejandro Parra García, y como demandado D. CARLOS RODRÍGUEZ, en situación procesal de rebeldía.

A N T E C E D E N T E S D E H E C H O

PRIMERO. La Procuradora Dña. Cintia Leonor Velázquez Carrasco, en representación de LÍMITE 24, S.L., formuló demanda de juicio verbal contra D. CARLOS RODRÍGUEZ, en reclamación de cantidad (1.629,24 euros).

SEGUNDO. Por decreto de 19 de abril de 2022 se admitió a trámite la demanda, con emplazamiento al demandado para su contestación, con los apercibimientos legales.

TERCERO. Por resolución de 23 de mayo de 2022 se declaró al demandado, D. CARLOS RODRÍGUEZ, en situación procesal de rebeldía.

CUARTO. Ninguna de las partes solicitó la celebración de vista.

F U N D A M E N T O S D E D E R E C H O

PRIMERO. 1. Procede la actora, LÍMITE 24, S.L., contra D. CARLOS RODRÍGUEZ, en reclamación de cantidad (1.629,24 euros).

La cantidad objeto de reclamación se corresponde con el importe de la deuda contraída por el demandado en virtud de contrato de préstamo suscrito con Vivus Finance, S.A.U., habiendo adquirido la actora el crédito en virtud de contrato de cesión de créditos.

2. El demandado se halla en situación procesal de rebeldía, lo cual no implica allanamiento ni admisión de los hechos de la demanda de conformidad con lo dispuesto en el artículo 496.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

3. Compete a la actora acreditar los hechos constitutivos del efecto pretendido en la demanda, y a la demandada los impeditivos, extintivos y excluyentes, en aplicación de las reglas de la carga de la prueba (artículos 217 y concordantes de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

SEGUNDO. En vista de la prueba que obra en autos - documental-, ha lugar a desestimar la demanda formulada por la Procuradora Dña. Cintia Leonor Velázquez Carrasco, en representación de LÍMITE 24, S.L., contra D. CARLOS RODRÍGUEZ.

Compete a la actora acreditar los hechos constitutivos del efecto pretendido en la demanda.

Pues bien; el primero de estos hechos es la celebración del contrato de préstamo supuestamente suscrito por el demandado con Vivus Finance, S.A.U.; contrato del que, en su caso y en atención a las cláusulas del mismo, junto con un extracto bancario, habría de resultar la realidad de la deuda y su importe, con los distintos conceptos objeto de reclamación debidamente identificados.

No constando en autos el contrato, no es posible determinar la existencia y alcance de la deuda.

TERCERO. Desestimada la demanda, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 394.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, ha lugar a imponer las costas procesales a LÍMITE 24, S.L.

F A L L O

Desestimo la demanda formulada por la Procuradora Dña. Cintia Leonor Velázquez Carrasco, en representación de LÍMITE 24, S.L., contra D. CARLOS RODRÍGUEZ.

Con imposición de costas a LÍMITE 24, S.L.

Notifíquese esta resolución a las partes, con indicación de que contra la misma no cabe recurso al haber recaído en juicio verbal por razón de la cuantía y no exceder ésta de 3.000 euros, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 455.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Torrijos, 25 de noviembre de 2022.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MIGUEL ANGEL YONTE RODRIGUEZ

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