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Documento BOE-J-2022-522225

CASTELLÓ DE LA PLANA. Edicto de 24 de noviembre de 2022 en procedimiento civil número 1008/2014.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 286, de 29 de noviembre de 2022
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA - CASTELLÓN/CASTELLÓ
Referencia:
BOE-J-2022-522225

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de Primera Instancia Nº 8 de Castellón

Dirección: Bulevar BLASCO IBAÑEZ 10

Localidad: Castelló de la Plana

Código Postal: 12003

Provincia: Castellón/Castelló

Teléfono: 964621747

Correo electrónico: conde_mje@gva.es

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 1008/2014

NIG: 1204042220140005201

RESOLUCIÓN PROCESAL

Diligencia

Fecha: 25/06/2021

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: quince dias

DESTINATARIOS

HELGA MARIA BODIE - NIF/NIE: ****4139*

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

DILIGENCIA DE ORDENACIONLA LETRADA A. JUSTICIA Dª FELISA TERESA JAIME LOPEZEn CASTELLON, a veinticinco de junio de dos mil veintiuno.Por recibido anterior escrito presentado por el/la Procurador/a D.DªSONIA LOPEZ ROCH en representación de LC ASSET 1 SARL; únase y de conformidad con lo dispuesto en el art 540.3 LEC, dese traslado de la petición al ejecutante o ejecutado cuya sucesión se haya producido o a quien pretenda que es su sucesor, dependiendo de quien haya deducido la petición, y a quien conste como ejecutado o ejecutante en el título, dándoles audiencia, por plazo de 15 días, para que aleguen lo que a su derecho convenga sobre la cesión del crédito y la sucesión procesal solicitada, debiendo en su caso la parte ejecutante, caso de alegar haber cedido el crédito, manifestar expresamente si tiene algún interés legítimo en la prosecución del proceso.Visto el estado del presente procedimiento, de conformidad con lo acordado por este Tribunal y lo dispuesto en el art 540.3 LEC, dese traslado de la petición al ejecutante o ejecutado cuya sucesión se haya producido o a quien pretenda que es su sucesor, dependiendo de quien haya deducido la petición, y a quien conste como ejecutado o ejecutante en el título, dándoles audiencia, por plazo de 15 días, para que aleguen lo que a su derecho convenga sobre la cesión del crédito y la sucesión procesal solicitada, debiendo en su caso la parte ejecutante, caso de alegar haber cedido el crédito, manifestar expresamente si tiene algún interés legítimo en la prosecución del proceso.MODO DE IMPUGNACIÓN: recurso de reposición en el plazo de cinco días, desde su notificación, ante el Letrado A. Justicia que la dicta.Así lo acuerdo y firmo. Doy fe. EL/LA LETRADO A. JUSTICIA.

Castelló de la Plana, 24 de noviembre de 2022.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MANUEL PALACIOS BENITEZ

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