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Documento BOE-J-2022-520441

VALÈNCIA. Edicto de 24 de noviembre de 2022 en procedimiento concursal número 586/2022.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 286, de 29 de noviembre de 2022
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - VALENCIA/VALÈNCIA
Referencia:
BOE-J-2022-520441

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 2 de Valencia

Dirección: Avenida PROFESSOR LOPEZ PIÑERO (HISTORIADOR DE MEDICINA) 14

Localidad: València

Código Postal: 46013

Provincia: Valencia/València

Teléfono: 961927207

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 586/2022

NIG: 4625066120220003273

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 18/11/2022

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: 20 días

DESTINATARIOS

Acreedores del concurso

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

EDICTO Dña. Mª JOSÉ ROIG SAPIÑA, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil num. 2 de VALENCIA, de conformidad con lo previsto en el art. 482 del TRLC y los artículos 21 y 23 de la Ley Concursal, por el presente doy la publicidad ordenada al auto de archivo del concurso dictado en este Juzgado y HAGO SABER:Que en este Juzgado se siguen autos de CONCURSO ORDINARIO [CNO] - 000586/2022 VOLUNTARIO, de la deudora Concursada INICIATIVAS URBANISTICAS CITIA SL, con CIF Nº B98854623, con domicilio en la Calle Colón,1 8º-B VALENCIA en cuyo seno se ha dictado auto de fecha dieciocho de noviembre de dos mil veintidós por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez D. JACINTO TALENS SEGUI, por el que se ha acordado haber lugar a la conclusión del concurso sin masa y al archivo de las actuaciones, habiéndose declarado el cierre provisional de la hoja de su inscripción en los Registros Públicos que corresponda. Los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso art. 483, 484 y 485 TRLC.Póngase en conocimiento, que transcurrido un año a contar desde que se hubiera ordenado por el Juez el cierre de la hoja registral sin que se haya producido la reapertura del concurso, el registrador procederá a la cancelación de la inscripción de la persona jurídica, con cierre definitivo de la hoja art. 485-2LRTRLCY de conformidad con lo ordenado se expide el presente edicto para conocimiento de los acreedores y demás interesados.En Valencia, a dieciocho de noviembre de dos mil veintidós EL LETRADO DE LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA

València, 24 de noviembre de 2022.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA JOSE ROIG SAPIÑA

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