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Documento BOE-J-2022-520349

BARCELONA. Edicto de 23 de noviembre de 2022 en procedimiento concursal número 800/2022.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 286, de 29 de noviembre de 2022
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - BARCELONA
Referencia:
BOE-J-2022-520349

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 6 de Barcelona

Dirección: Avenida DE LES CORTS CATALANES (edificio C) 111

Localidad: Barcelona

Código Postal: 08075

Provincia: Barcelona

Teléfono: 935549466

Correo electrónico: mercantil6.barcelona@xij.gencat.cat

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 800/2022

RESOLUCIÓN PROCESAL

Providencia

Fecha: 14/11/2022

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

Concurso de Smart Dental Quirurgics, s.l.

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

José Antonio Alonso Almaraz, el Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 06 de Barcelona hago saber que:

En el procedimiento indicado, el día 14/11/2022 se ha dictado una resolución con el tenor literal siguiente:

Dada cuenta; el anterior escrito presentado por la Administración concursal de SMART DENTAL QUIRURGICS S.L., interesando se acuerde la apertura de la pieza Sexta y otorgar nuevo plazo a la AC para presentar el informe de calificación dispuesto en el artículo 448 TRLC, dada la disfunción temporal surgida en el presente procedimiento, queda incorporado al procedimiento.

Acuerdo la apertura de la sección sexta de calificación a fin de acomodar el presente procedimiento a las modificaciones incorporadas por la Ley 16/2022 a la legislación concursal; así mismo, y en atención al art 447 TRLC ACUERDO conceder un PLAZO DE DIEZ DÍAS a los acreedores personados o cualquier personado en el concurso para que remita por correo electrónico a la Administración concursal cuanto considere relevante para fundar la calificación del concurso como culpable, acompañando en su caso los documentos que considere oportunos.

Así mismo, se prorroga el plazo para presentar informe de calificación conferido a la Administración concursal establecido legalmente en el art. 448.1 TRLC; y transcurrido el anterior plazo conferido a los acreedores, la Administración concursal presentará en el PLAZO DE QUINCE DÍAS un informe razónado y documentado sobre los hechos relevantes para la calificación del concurso, con propuesta de calificaicón.

Barcelona, 23 de noviembre de 2022.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, JOSE ANTONIO ALONSO ALMARAZ

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