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Documento BOE-J-2022-517757

VALÈNCIA. Edicto de 22 de noviembre de 2022 en procedimiento concursal número 551/2022.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 285, de 28 de noviembre de 2022
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - VALENCIA/VALÈNCIA
Referencia:
BOE-J-2022-517757

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 4 de València

Dirección: Avenida PROFESSOR LOPEZ PIÑERO (HISTORIADOR DE MEDICINA) 14

Localidad: València

Código Postal: 46013

Provincia: Valencia/València

Teléfono: 961927879

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 551/2022

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 17/11/2022

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

Acreedores de Sabores del Sudeste, SL

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

E D I C T OD./Dña. CRISTINA Mª VALERO DOMENECH, Letrado/a Admon Justicia del Juzgado de loMercantil num. 4 de VALENCIA, por el presente hago saber que en este Juzgado se tramitan autosde Concurso de Acreedores num. 000551/2022, con NIG num. 46250-66-1-2022-0003407,habiéndose presentado en fecha 30/09/22 solicitud de declaración concursal, fue repartida 6/10/22,habiéndose dictado en fecha 17/11/22 auto de declaración de concurso voluntario de acreedores deSABORES DEL SUDESTE SL con CIF. B40525362, con llamamiento al acreedor o a losacreedores que representen, al menos, el cinco por ciento del pasivo a fin de que, en el plazo dequince días a contar del siguiente a la publicación del edicto, puedan solicitar el nombramiento deun administrador concursal para que presente informe razonado y documentado sobre los siguientesextremos:1.º Si existen indicios suficientes de que el deudor hubiera realizado actos perjudiciales para la masaactiva que sean rescindibles conforme a lo establecido en esta ley.2.º Si existen indicios suficientes para el ejercicio de la acción social de responsabilidad contra losadministradores o liquidadores, de derecho o de hecho, de la persona jurídica concursada, o contrala persona natural designada por la persona jurídica administradora para el ejercicio permanente delas funciones propias del cargo de administrador persona jurídica y contra la persona, cualquieraque sea su denominación, que tenga atribuidas facultades de más alta dirección de la sociedadcuando no exista delegación permanente de facultades del consejo en uno o varios consejerosdelegados.3.º Si existen indicios suficientes de que el concurso pudiera ser calificado de culpable.Póngase en conocimiento de los acreedores que en caso de no solicitar el nombramiento deadministrador concursal, se declarará la conclusión de concurso por insuficiencia de masa activa.La dirección de correo electrónico donde se publicarán las resoluciones que traigan causadel concurso es: https://www.publicidadconcursal.es/concursal-web/afectado/buscar

València, 22 de noviembre de 2022.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, CRISTINA MARIA VALERO DOMENECH

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