Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Burgos
Dirección: Avenida DE LOS REYES CATOLICOS 51 bis
Localidad: Burgos
Código Postal: 09005
Provincia: Burgos
Teléfono: 947284151
Correo electrónico: rosamaria.alvarezbardon@justicia.es
Concursal
Número: 184/2022
NIG: 0905942120220006689
Auto
Fecha: 09/11/2022
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
E D I C T O
DÑA. BEATRIZ BRIONES SANTAMARÍA, LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO MERCANTIL Nº 1 DE BURGOS, por el presente, HAGO SABER:
1º.- Que en el Concurso Abreviado 184/2022 seguido ante el Juzgado de lo mercantil de Burgos, NIG 09059 42 1 2022 0006689, se ha dictado en fecha 9 de noviembre de 2022 AUTO, de declaración de Concurso consecutivo de acreedores respecto de TEODORO GONZALEZ VICTORIO , con NIF….0178-S, con domicilio en BURGOS, CALLE ALEJANDRO YAGUE Nº 7 PISO 3ºA.
2º.- Se acuerda la SUSPENSION del ejercicio de las facultades de administración y disposición del deudor sobre su patrimonio, con todos los efectos establecidos en el título III del Texto Refundido de la Ley Concursal.
3º.- Se ha designado administrador concursal a DAVID DIAZ CRUZ, con NIF 13.301.419-J, y domicilio profesional en MIRANDA DE EBRO, Calle Ramón y Cajal nº48 1º Dcha., con teléfono nº 667.272.370, y correo electrónico a efectos del presente concurso diazcruzdavid@gmail.com, señaladas para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.
4.- Que se ha acordado el llamamiento a los acreedores de la concursada para que, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial del Estado, comuniquen a la administración concursal, si a su derecho interesa, la existencia de sus créditos, en los términos y formas establecidos en los artículos 256, 257 y 258 del TRLC.
5.- Se advierte a los acreedores de que las comunicaciones de créditos que se realicen al juzgado y no a la administración concursal no serán tenidas en cuenta.
6.- Se advierte de que, dentro del plazo anterior, los acreedores o cualquier personado en el concurso podrán remitir por correo electrónico a la administración concursal cuanto consideren relevante para fundar la calificación del concurso como culpable, acompañando, en su caso, los documentos que consideren oportunos (art. 447 TRLC).
Que en el Registro Público Concursal se publicarán las resoluciones que traigan causa del presente concurso, cuya dirección electrónica es https://www.publicidadconcursal.es.
Burgos, 23 de noviembre de 2022.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, BEATRIZ BRIONES SANTAMARIA
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid