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Documento BOE-J-2022-514973

SALAMANCA. Edicto de 21 de noviembre de 2022 en procedimiento concursal número 783/2022.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 283, de 25 de noviembre de 2022
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA - SALAMANCA
Referencia:
BOE-J-2022-514973

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de Primera Instancia Nº 4 de Salamanca

Dirección: Plaza COLON 8

Localidad: Salamanca

Código Postal: 37001

Provincia: Salamanca

Teléfono: 923284690

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 783/2022

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 07/11/2022

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

E D I C T O

D. Javier Iglesias Martín, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil de Salamanca, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 482 de la Ley Concursal,

A N U N C I A

1.- Que en el procedimiento nº 783/2022, por Auto de fecha 7 de noviembre de 2022, se ha declarado en concurso voluntario consecutivo al deudor D. FRANCISCO CUADRADO HERNANDEZ, con NIF 07879378S.

2.- Que simultáneamente en referida resolución se ha acordado la conclusión del concurso por insuficiencia de masa activa al amparo de lo dispuesto en el art. 470 del Texto refundido de la Ley Concursal y, su archivo, con todos los efectos legales inherentes.

3.- Se ha acordado Conceder al deudor, el beneficio de la exoneración del pasivo insatisfecho, de conformidad con los dispuesto en el art. 502 del Texto Refundido de la Ley Concursal.

La exoneración del pasivo insatisfecho se extenderá a la totalidad de las deudas insatisfechas, salvo las previstas en art 489 TRLC.

4.- Los acreedores cuyos créditos se extingan por razón de la exoneración no podrán ejercer ningún tipo de acción frente el deudor para su cobro, salvo la de solicitar la revocación de la exoneración (art 490 TRLC)

Salamanca, 21 de noviembre de 2022.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, JESUS JAVIER IGLESIAS MARTIN

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