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Documento BOE-J-2022-514667

BARCELONA. Edicto de 22 de noviembre de 2022 en procedimiento concursal número 1376/2022.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 283, de 25 de noviembre de 2022
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - BARCELONA
Referencia:
BOE-J-2022-514667

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Barcelona

Dirección: Avenida DE LES CORTS CATALANES (edificio C) 111

Localidad: Barcelona

Código Postal: 08075

Provincia: Barcelona

Teléfono: 935549461

Correo electrónico: msirach@xij.gencat.cat

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 1376/2022

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 16/11/2022

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Barcelona

Avenida Gran Via de les Corts Catalanes, 111, Edifici C, planta 12 - Barcelona 08075

TEL: 935549461

Procedimiento: Concurso sin masa n.º 1376/2022-D

Parte concursada: Maria De Las Mercedes Rodriguez Mena

Abogado: Juan Carlos Cosio Alvan

EDICTO

D. Santiago García Miguel, el Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 01 de Barcelona al objeto de dar publicidad al Auto de declaración de concurso dictado por este órgano judicial, hago saber:

Número de asunto. Concurso sin masa n.º 1376/2022-D

NIG: 0801947120228015019

Fecha de presentación de la solicitud: 08/11/2022

Fecha del auto de declaración. 16-11-2022.

Clase de concurso. Voluntario.

Entidad concursada. Maria De Las Mercedes Rodriguez Mena, con DNI nº 77608756V

Se confiere un plazo de quince días a los acreedores, a contar desde la publicación del edicto en el Registro Público Concursal, a fin de que, al menos, los que representen el cinco por ciento del pasivo, puedan solicitar el nombramiento de un administrador concursal, para que emita el informe a que se refiere el artículo 37 ter del TRLC, y para que en su caso pueda informar en el momento procesal oportuno sobre la solicitud de exoneración del pasivo insatisfecho que pudiera presentar el deudor.

Trascurrido el referido plazo de quince días sin que se haya solicitado el nombramiento de administrador concursal, el deudor persona física podrá, en su caso, presentar solicitud de exoneración del pasivo insatisfecho en los diez días siguientes, conforme a los artículos 501 y ss. TRLC.

Llamamiento a los acreedores: El acreedor o los acreedores que representen, al menos, el cinco por ciento del pasivo podrán, en el plazo de quince días a contar del siguiente a la publicación de ese edicto, solicitar el nombramiento de un administrador concursal para que presente informe razonado y documentado relativo al art. 37 ter.

Dirección electrónica del Registro Público concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso: https://www.publicidadconcursal.es

En Barcelona, a 16 de noviembre de 2022.

El Letrado de la Administración de Justicia

Barcelona, 22 de noviembre de 2022.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, SANTIAGO GARCIA MIGUEL

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