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Documento BOE-J-2022-514475

ZARAGOZA. Edicto de 18 de noviembre de 2022 en procedimiento concursal número 737/2022.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 282, de 24 de noviembre de 2022
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA - ZARAGOZA
Referencia:
BOE-J-2022-514475

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de Primera Instancia Nº 2 de Zaragoza

Dirección: Plaza EXPO 6 EDIFICIO VIDAL DE CANELLAS

Localidad: Zaragoza

Código Postal: 50018

Provincia: Zaragoza

Teléfono: 976208456

Correo electrónico: instancia2zaragoza@justicia.aragon.es

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 737/2022

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 16/11/2022

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: 20 días

DESTINATARIOS

ALEJANDRO MANCHADO ROMERO - NIF/NIE: ***8457**

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial o a la sede judicial electrónica (https://sedejudicial.aragon.es/).

INFORMACIÓN ADICIONAL

EDICTO

El JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 2 DE ZARAGOZA

ANUNCIA

Que en el procedimiento concursal número 0000737/2022 referente al concursado ALEJANDRO MANCHADO ROMERO , con CIF: 25484579G con domicilio en RUISEÑORES, 7 APAR. 42 de ZARAGOZA, por auto de fecha 16.11.2022 se ha acordado lo siguiente:

1.- Aprobar el plan de liquidación para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concurso de acreedores de la entidad mercantil ALEJANDRO MANCHADO ROMERO

2.- Fórmese la sección sexta de este procedimiento concursal, que comprenderá lo relativo a la calificación del concurso y sus efectos.

Dentro de los diez días siguientes a la última publicación de esta resolución en el TEJU y Registro Público Concursal, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse en la sección de calificación y, en su caso, alegar por escrito cuanto considere relevante para que la administración concursal o el Ministerio Fiscal puedan fundar la calificación del concurso como culpable.

Dentro de los quince días siguientes a la expiración del anterior plazo, sin necesidad de previa resolución judicial para el inicio de su cómputo, los administradores concursales presentarán un informe razonado y documentado sobre los hechos relevantes para la calificación del concurso, con propuesta de resolución.

En Zaragoza, a 16 de noviembre del 2022.

Zaragoza, 18 de noviembre de 2022.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ANA ISABEL TENA GRAÑON

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